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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #314038  por DRA.SIL
 
ok,muchas gracias Isis por la ayuda,veré como lo resuelvo entonces.-
saludos.-
 #314226  por ISIS
 
DRA.SIL escribió:ok,muchas gracias Isis por la ayuda,veré como lo resuelvo entonces.-
saludos.-
Sil, he notado un error involuntario en la segunda opcion, o sea si haces autonomo puro: el beneficio del art.1 es desde el 1/78