Hola Russo. Midra, el tema esta discutido, pero hay mucha jurisprudencia q la aplica, yo recientemente tuve un caso y por las dudas intime por la 24013. Te paso un ejemplo de jurisprudencia, pero hay mucho mas.
"Los trabajadores de la industria de la construcción, al ser ésta una actividad regulada por normas especiales, se rigen por las establecidas en la LCT siempre que no resulten incompatibles con las de su propio régimen, o sea con la Ley 22250; y lo mismo ocurre con la LNE, toda vez que, tal como surge del art. 1, Decreto 2725/1991, los trabajadores aludidos en el capítulo I del Título II de la LNE son los comprendidos en la LCT. De ello se sigue que, si hay compatibilidad entre los diversos regímenes, han de aplicarse las normas de los diversos sistemas legales. Por ello, las multas previstas en la Ley 24013 cuestionadas en este caso, son procedentes, toda vez que tienen diverso objeto que el previsto en los arts. 18 y 19, Ley 22250. "
Flores, José vs. Tel3 S.A. s. Ley 22250 - CNTrab., Sala II - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - 11-07-01 - Oficina de Jurisprudencia de la CNATCitar : WebRubinzal laboral1.36.3.1.r3
Espero te sirva. Saludos!!!