Escribi nuevamente este post, a ver si alguien me puede dar una mano al respecto:
Me llego al estudio esta semana, este caso, una señora inicio un divorcio contradictorio, con un abogado de patrocinio gratuito de SM, el demandado se presenta con un abogado particular y transforman el divorcio en un mutuo acuerdo. LA sentencia es del agosto 1996, y las costas fueron impuestas por su orden, en el caso de la SRa no se regularon honorarios por ser el profesional del patrocinio gratuito, a la abogada del SR si le regularon.-
Ahora bien, en el año 98 la Sra, a traves de su abogado pidio oficio y testimonio para inscribir, pero como no se habian pagado los honorarios de la abogada del demandado, no pudo hacerlo.
Me vino a consultar, a ver que se podia hacer.-
En principio, pense lo siguiente: los honorarios de la abogada del demandado, eran costas a cargo de él, a la fecha nunca efectúo reclamo alguno a esta Sra.
Piensan que pidiendo actualmente se libre oficio y testimonio el juzgado me lo darán, pues, tengamos en cuenta que han transcurrido 12 años desde la fecha de la sentencia, y esta el tema de la prescripción de los honorarios (10 años CC).-
Espero sus comentarios, saludos, DRa Karina
E
Me llego al estudio esta semana, este caso, una señora inicio un divorcio contradictorio, con un abogado de patrocinio gratuito de SM, el demandado se presenta con un abogado particular y transforman el divorcio en un mutuo acuerdo. LA sentencia es del agosto 1996, y las costas fueron impuestas por su orden, en el caso de la SRa no se regularon honorarios por ser el profesional del patrocinio gratuito, a la abogada del SR si le regularon.-
Ahora bien, en el año 98 la Sra, a traves de su abogado pidio oficio y testimonio para inscribir, pero como no se habian pagado los honorarios de la abogada del demandado, no pudo hacerlo.
Me vino a consultar, a ver que se podia hacer.-
En principio, pense lo siguiente: los honorarios de la abogada del demandado, eran costas a cargo de él, a la fecha nunca efectúo reclamo alguno a esta Sra.
Piensan que pidiendo actualmente se libre oficio y testimonio el juzgado me lo darán, pues, tengamos en cuenta que han transcurrido 12 años desde la fecha de la sentencia, y esta el tema de la prescripción de los honorarios (10 años CC).-
Espero sus comentarios, saludos, DRa Karina
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