Hola gente el tema viene asi.
mi cliente compra una inmueble en abril 1987 bajo el regimen de propiedad horizontal. a traves de un mutuo hipotecario (con desitno a vivienda familiar , unica de uso propio y ocupacion permanente de acuerdo a la reglamentacion del programa construir para la vivienda (vavis 3).
Posteriormente en agosto del 87 mi cliente vende esa propiedad sin haber cancelado la hipoteca a un tercero. a traves de un "contrato privado de compraventa". No hay boleto de compraventa, no se hizo la escritura traslativa de dominio.
Y hay una clausula que expresa que la escritura traslativa de dominio, sera otorgada cuando lo solicite la parte compradora y lo autorice el banco. ante el escribano que designe la parte compradora.
El tema es que pasaron 22 años de la operacion, y la parte compradora no escrituro nunca, no hay boleto de compraventa.
Aparte pedi un informe de dominio y mi cliente figura como titular de esa unidad.
Los impuestos (rentas) siguen llegando a nombre de mi cliente.
Fuimos al banco a tratar el tema de la hipoteca, la deuda paso a fideicomiso provincial, ya hablamos y nos dijeron que podemos pagar la deuda si queremos pero que no nos van a dar la escritura del inmueble, (escritura que quedo en poder del banco con motivo de la celebracion del mutuo hipotecario).
Mi pregunta es realmente que posibilidades concretas tiene mi cliente de recuperar esa propiedad, que valor tiene ese contrato privado de compraventa con firmas certificadas, firmado en el 87, ya que nunca se escrituro ni tampoco hay boleto de compraventa, este tercero fue llamado por el banco y nunca aparecio, no se quiere hacer cargo de la deuda, el inmueble esta desocupado.
A mi cliente le estan computando esa propiedad para el impuesto de bienes personales.
mi cliente compra una inmueble en abril 1987 bajo el regimen de propiedad horizontal. a traves de un mutuo hipotecario (con desitno a vivienda familiar , unica de uso propio y ocupacion permanente de acuerdo a la reglamentacion del programa construir para la vivienda (vavis 3).
Posteriormente en agosto del 87 mi cliente vende esa propiedad sin haber cancelado la hipoteca a un tercero. a traves de un "contrato privado de compraventa". No hay boleto de compraventa, no se hizo la escritura traslativa de dominio.
Y hay una clausula que expresa que la escritura traslativa de dominio, sera otorgada cuando lo solicite la parte compradora y lo autorice el banco. ante el escribano que designe la parte compradora.
El tema es que pasaron 22 años de la operacion, y la parte compradora no escrituro nunca, no hay boleto de compraventa.
Aparte pedi un informe de dominio y mi cliente figura como titular de esa unidad.
Los impuestos (rentas) siguen llegando a nombre de mi cliente.
Fuimos al banco a tratar el tema de la hipoteca, la deuda paso a fideicomiso provincial, ya hablamos y nos dijeron que podemos pagar la deuda si queremos pero que no nos van a dar la escritura del inmueble, (escritura que quedo en poder del banco con motivo de la celebracion del mutuo hipotecario).
Mi pregunta es realmente que posibilidades concretas tiene mi cliente de recuperar esa propiedad, que valor tiene ese contrato privado de compraventa con firmas certificadas, firmado en el 87, ya que nunca se escrituro ni tampoco hay boleto de compraventa, este tercero fue llamado por el banco y nunca aparecio, no se quiere hacer cargo de la deuda, el inmueble esta desocupado.
A mi cliente le estan computando esa propiedad para el impuesto de bienes personales.
"Capitalismo: sabemos, que vivirá más de siete vidas este sistema que privatiza sus ganancias pero tiene la amabilidad de socializar sus pérdidas, y por si fuera poco nos convence de que eso es filantropía". Eduardo Galeano