Hola a todos. Estoy por los demandados de un daños y perjuicios de una casa alquilada supuestamente entregada en mal estado. Los propietarios actores del juicio viven en la provincia de Córdoba y el juicio es en la provincia de Buenos Aires.
La pregunta es, estamos en la etapa probatoria y tengo que citar a absolver posiciones. Que me conviene hacer, citarlos a los dueños o que el abogado (tiene poder para absolver) lo haga por ellos??
Si los citara a ellos podrían pedir absolver allá no?? Y habría que hacer un exhorto?
La pregunta es, estamos en la etapa probatoria y tengo que citar a absolver posiciones. Que me conviene hacer, citarlos a los dueños o que el abogado (tiene poder para absolver) lo haga por ellos??
Si los citara a ellos podrían pedir absolver allá no?? Y habría que hacer un exhorto?