Tengo una duda sobre el sicam, me parece haber escuchado que una vez liquidado el Sicam tengo 40 días para presentarlo en Anses sino debo reliquidarlo, esto es así o me lo inventè??
El caso es el siguiente, realicé una liquidación a un cliente para que pague su deuda de sicam en cuatro cuotas ya que quería cancelar antes de llegar a la edad. Ahora cumplé la edad y tengo turno para la jubilación pero no se si presentar el sicam realizado en octubre con los ticket de pagos para demostrar que se encuentra cancelado o bien reliquidarlo...???
El caso es el siguiente, realicé una liquidación a un cliente para que pague su deuda de sicam en cuatro cuotas ya que quería cancelar antes de llegar a la edad. Ahora cumplé la edad y tengo turno para la jubilación pero no se si presentar el sicam realizado en octubre con los ticket de pagos para demostrar que se encuentra cancelado o bien reliquidarlo...???
