El caso es el siguiente, una persona que adquiere derecho al beneficio en una presentacion pero es denegado por parte de ANSeS debido a un error en el computo y liquidacion. Esta persona erroneamente hace una nueva presentacion, es decir solicita nuevamente el beneficio cambiando comprando mas aportes pensando que le faltaban.. y se jubila con esta segunda presentacion.
La duda es se puede reclamar por lo anterior ya que es un derecho de propiedad que adquirio el dia que cumplio los requisitos.. tenemos dos años para reclamar que se nos pague el derecho adquierido? la nueva presentacion obstaculiza en algo este reclamo?..
La duda es se puede reclamar por lo anterior ya que es un derecho de propiedad que adquirio el dia que cumplio los requisitos.. tenemos dos años para reclamar que se nos pague el derecho adquierido? la nueva presentacion obstaculiza en algo este reclamo?..
