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 #301069  por lorenalaw
 
Hola foristas! les hago una consulta, tengo la primer resolución de mi primera sucesiòn y me dice que se deberà dar cumplimiento al decreto 387/2000. Lo busqué y dice en su Art. 2º: "La Dirección Provincial del Registro de la Propiedad, dependiente de la Secretaría de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía deberá requerir en toda solicitud de inscripción de actos notariales y administrativos sujetos a inscripción, se consigne la Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) o la Clave de Identificación (C.D.I.) o Código Unico de Identificación Laboral (C.U.I.L.) de todas las partes intervinientes." En el escrito de inicio consigné el CUIL de todos los herederos, a qué se refiere entonces? Muchas gracias!!!!!
 #301140  por poorlaw
 
lorenalaw escribió:En el escrito de inicio consigné el CUIL de todos los herederos, a qué se refiere entonces?
¿Faltará el del causante?
 #301292  por feli07
 
quizás es un proveído modelo, por eso lo piden aunque ya lo denunciaste.
 #301416  por lorenalaw
 
muchas gracias foristas! el CUIL del causante no lo puse... serà eso? y como lo subsano? en otro escrito?
 #301420  por pablin
 
Si es eso, podés hacer un escrito "DENUNCIA CUIL DEL CAUSANTE" y en el cuerpo ponés aglo así como "...atento a lo solicitado por VS a fs. xx vengo a denunciar el CUIL del causante que es: xxxxxxx"

Salu2, Pablín.
 #301500  por feli07
 
,,,mmmmh, no creo que sea el cuil del causante, de hecho puede no tenerlo tranquilamente por ser una persona que murió hace muchos años...para mi que sacaron un preveído modelo, a mi me pasó varias veces. Bueno, de cualquier manera se soluciona fácil. Saludos!
 #301554  por Bridget
 
En mi opinión lo que tenés que hacer es pedir un testimonio ampliatorio del cual surja cuit cuil o cdi de los herederos y transcribirlo en la minuta, la observación no es respecto al causante sino que tenés que tener dicho proveído. Saludos.
 #301653  por lorenalaw
 
Hola Bridget, Còmo se hace lo que me contàs? Es mi primera sucesión. Muchas gracias!!!