Hola a todos. Planteé el problema de varias formas y no obtuve respuestas. Hay alguien a quien ANSES le haya opuesto la prescripción del art. 82 de la ley 18037, para negarse a pagar sumas devengadas y no percibidas por el causante ? En el marco de la sucesión ya iniciada, aclaro. Si alguien me puede aportar su experiencia, agradecido.
