Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • AYUDA CON ESTE CASO

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #299572  por nicolas099
 
Tengo un cliente con el siguiente caso: firma contrato de permuta en el año 91, entrega inmueble a cambio de camión. El contratante nunca escrituro, en mas, habría cedido el boleto a un tercero que es quien posee en la actualidad. El tema es que Arba y Municipalidad, esto es en prov. De Bs. As., le intiman al pago de impuesto, y lo inhibe (hay apremio). Ahora, yo mande carta docu. por el 1204 intimando a escriturar bajo apercibimiento de resolver el contrato, y a los 10 día di por resuelto el contrato,. Lo que quiero hacer es una demanda por resolución de contrato y daños y perjuicio, para asi, en cambio de devolverle el camión, que se lo quede en concepto de daños y perjuicios, pero, si me meten una excepción de prescripción estoy en el horno. He ahí la pregunta. Que puedo hacer? Hay otra vía? Gracias a los que me puedan dar una mano, y si tienen modelo mucho mejor.
 #299587  por ramblernauta
 
Le notificaron la cesión a tu cliente? Porque 10 días de plazo para resolver el contrato y no 15 como dice el art. 1204.
Si hubo efectiva entrega de la posesión la obligación de escriturar no está prescripta.
 #299631  por nicolas099
 
tenes razon, fue por 15 dias.
Vos decis que haga un juicio de escrituracion, aun sineod el vendedor?
obviamente seria con quien firmo la permuta con mi cliente, no con el actual poseedor?
y si el que firmo la permuta con mi cliente no contesta demanda, queda rebelde. que hago?
 #299645  por ramblernauta
 
Si no lo notificaron la cesión no le es oponible.
Para mi tenes dos opciones, la primera haces juicio de escrituración (si el demandado no cumple la sentencia será el Juez quien firmará la escritura como modo de ejecutar coactivamente la manda jurisdiccional), la segunda aplicas el pacto comisorio y promoves una acción meramente declarativa para que la rescisión de contrato pase bajo autoridad de cosa juzgada.
 #299715  por nicolas099
 
me podes tirar una mano con lo segundo? tenes un modelo para guiarme? seria una resolucion del contrato por incumplimiento? despues meto un desalojo? gracias por la ayuda, estoy a tus ordenes.-
 #300170  por ramblernauta
 
Estimo que en primer término deberías verificar que tu cliente no tenga ninguna obligación incumplida. Luego verifica que la obligación de escriturar no esté sujeta a ninguna condición y por ultimo emplazalo por 15 días como reza el art. 1204 C.C. Mirá bien el tema del escribano.
 #300183  por nicolas099
 
obligacion incumplida no hay, es una permuta donde el le entrego el inmueble y un automovil a cambio de un camion. Posteriormente al no escriturar, la contraparte, a pesar de tener todo listo para hacerlo, el fisco esta demandanndo a mi cliente por impuestos. Mi preocupacion, para meter la escrituracion, es si no me prescribio (10 años para los contratos), y el otro tema es que, aun se VS me firma la escritura, los juicios del fisco como me los saco de encima?
 #301106  por ramblernauta
 
Sobre la prescripción podes leer este post donde el maestro "Charlie" trae luz al tema.

viewtopic.php?f=2&t=1799&start=0&hilit=boleto+posesion