Hoy me rechazaron la iniciación de una pensión argumentando que debí utilizar la ley 18037 ya que la persona había fallecido en 10-93.
Lo que había hecho era una moratoria ley 24476, con 30,2m de servicios haciendole pagar la primer cuota a la viuda. La UDAI me argumento que eso no corresponde dado la fecha de fallecimiento, y que la viuda debería pagar de contado el último año a la fecha de fallecimiento. Esto es correcto?
Me surge la duda, ya que que por la moratoria actual, cumplía con la regularidad de 30 años de aportes a la fecha de fallecimiento. Les agradecería su opinión, que hubieran hecho en este caso.
Atte.,
Lo que había hecho era una moratoria ley 24476, con 30,2m de servicios haciendole pagar la primer cuota a la viuda. La UDAI me argumento que eso no corresponde dado la fecha de fallecimiento, y que la viuda debería pagar de contado el último año a la fecha de fallecimiento. Esto es correcto?
Me surge la duda, ya que que por la moratoria actual, cumplía con la regularidad de 30 años de aportes a la fecha de fallecimiento. Les agradecería su opinión, que hubieran hecho en este caso.
Atte.,
