Mis queridos amigos y amigas les quiero realizar una consulta, a decir verdad serían dos.
En primer lugar con respecto al art. 3 ley 24476 que en Anses me dijeron que si hay baja en 2008 no se puede aplicar, y en segundo lugar, porque al aplicar este articulo me hacen tener en cuenta el período que va desde que cumplio los 18 años hasta el 12/1968 y no la fecha de cese, lo cual es una diferencia importante porque una persona que cumple 60 ahora, para jubilarla con SDM si aplico fecha de cese el art. 3 es de 3 años y de la otra forma 1 año y 9 meses.
Si por favor me pueden sacar la duda o decirme a donde acudir para sustentarme.
Gracias.
En primer lugar con respecto al art. 3 ley 24476 que en Anses me dijeron que si hay baja en 2008 no se puede aplicar, y en segundo lugar, porque al aplicar este articulo me hacen tener en cuenta el período que va desde que cumplio los 18 años hasta el 12/1968 y no la fecha de cese, lo cual es una diferencia importante porque una persona que cumple 60 ahora, para jubilarla con SDM si aplico fecha de cese el art. 3 es de 3 años y de la otra forma 1 año y 9 meses.
Si por favor me pueden sacar la duda o decirme a donde acudir para sustentarme.
Gracias.
