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 #287826  por investigando25
 
tengo que notificar la resolucion de una reserva ad referendum por la compra de un departamento , tengo que poner en mora al comprador, la CD vuelve con el texto "se mudó" , es la dirección que figura en la reserva que se hizo ante inmobiliaria , en caso de juicio , vale mi CD aunque no se notificó, porque es el domicilio denunciado? o mando otra al domicilio laboral , tiene valor?
 #287854  por Mordisco
 
Codigo Civil

Art. 101 Las personas en sus contratos pueden elegir un domicilio especial para la ejecución de sus obligaciones.

Domicilio especial
El domicilio especial produce efectos respecto de algunas y determinadas relaciones jurídicas.
Se subdivide en:
a) Domicilio de elección, el que las partes fijan en sus contratos, y
b) procesal o ad lítem, el que obligatoriamente se constituye en la tramitación de un juicio.
Corresponde revisar los caracteres del domicilio de elección, pues el domicilio procesal corresponde al estudio del Derecho Procesal.
Es contractual, pues se constituye a los efectos de un contrato y subsiste mientras perdure aquél.
Es inmutable; en tanto se trata de una cláusula contractual, deberá modificarse por un nuevo acuerdo de partes.
Es excepcional y de interpretación restrictiva. Debido a que se encuentra inserto en el contrato deberá interpretarse conforme a las reglas de interpretación de los contratos.

Cambio de domicilio de elección
El domicilio de elección es en principio inmutable, porque integrando las cláusulas de un contrato no puede variarse unilateralmente, sino que precisa del consentimiento de ambas voluntades.
Como excepción, se admite la modificación unilateral cuando no se altera la jurisdicción; en tal caso, no habría interés legítimo para oponerse, pues no se altera la competencia. Bastará con la notificación idónea a la contraparte.

Duración del domicilio de elección
a) El domicilio "de elección" es esencialmente contractual. Por ello, obliga siempre que haya sido producto de la convención introducida en el negocio, y subsiste mientras duren los efectos del contrato9.
b) El domicilio de elección perdura mientras duran los efectos del contrato, aun cuando no se viva allí, salvo que se comunique fehacientemente su cambio a la otra parte10.
c) Los efectos del domicilio convencional (art. 101, Cód. Civ.) subsisten aunque el elegido no sea el domicilio real de quien lo constituye, si no tomó la precaución de cambiarlo y notificar el cambio al contratante".
d) El domicilio contractual -aunque no coincida con el real- perdura mientras no se comunique fehacientemente su cambio a la otra parte (CNFed.CC, sala II, 21-10-97, L.L. 1998-C-828, con nota de Alberto Luis Marino.)
 #287855  por Mordisco
 
En el contrato debio estipularse:
A todos los efectos judiciales o extrajudiciales del presente Contrato la Vendedora constituye domicilio en ... .. , y el Comprador en ... . , donde tendrán validez todas las notificaciones que allí se realicen.
 #288147  por investigando25
 
Gracias Mordisco , por aportar tus conocimientos, conclusión, si el comprador no notificó al vendedor el cambio de domicilio se mantiene y son válidas las notificaciones cursadas, aunque sean devueltas con la le leyenda "se mudó" , y te cuento que en realidad se mudó , ya se averiguo, y no se constituyo domicilio porque simplemente era una reserva ad referendum ni siquiera es un boleto de compraventa. gracias- realmente pensamos hacer una pesquisa para ver si descubriamos el nuevo domicilio y con tu respuesta ya no tiene sentido hacerla, es válida la CD enviada .
 #288161  por Mordisco
 
Resalto que en el contrato de reserva debió estipularse para que las notificaciones sean válidas en unas de sus cláusulas que las partes fijan sus domicilios en los indicados en el encabezamiento del contrato y que se tendrán como válida todas las notificaciones cursadas en las mismas, salvo notificación fehaciente de cambio de domicilio cursada a la otra parte.

Éxitos y feliz año 2.009
 #289045  por investigando25
 
Gracias Mordisco , en la reserva no se pacto la clausula , solo dice el comprador ..... domiciliado en...... , decime sirve o no sirve la CD que le envie comunicandole la resolución por culpa de él, en el domicilio que figuraba en la reserva.
o es mi obligación convertirmne en detective para saber donde se mudó? necesito tu opinión- gracias
 #289054  por Mordisco
 
En un fallo sobre un contrato de locación, si mal no lo recuerdo, expresaba que era necesario luego de mencionar los domicilios que las partes expresaran que en los domicilios mencionados anteriormente en el encabezado del contrato constituian sus domicilios especiales o convencionales y serian validas todas las notificaciones cursadas en ellas.-


Pero en este caso razonando sin un fallo o doctrina que robustezca mi apreciación, deben considerarse válida las notificaciones cursadas en los domicilios indicados en el contrato de reserva, y debe otorgarle un plazo perentorio para que cumpla y luego envie otra CD resolviendo el contrato por incumplimiento de la parte oferente - compradora.