vainillaparedes escribió:disculpa que sea reiterativa ,pero se pide turno para interponer el recurso de reconsideracion ,o directamente me presento sin turno ,gracias y saludos
Te recomendaría que repases la ley 19549 y su decreto reglamentario. No es necesario pedir un turno para presentar un recurso. Eso es una exigencia o modalidad viciosa que tienen algunas UDAI. Básicamente, un invento sin sustento normativo. De hecho, como no tiene sustento normativo nadie te garantiza que, pedido el turno, si hasta la efectiva fecha de presentación (el día del turno) transcurrió el plazo útil para interponer el recurso, después te lo terminen denegando por extemporáneo o tomándotelo como simple denuncia de ilegitimidad. El pedido de turno (invento sui generis) no suspende los plazos administrativos por el simple hecho de que no hay ninguna norma que autorice dicha suspensión, como tampoco existe norma que prescriba la necesidad de tener un turno para ejercitar el derecho de defensa en juicio (art 18 CN)
En alguna oportunidad me dijeron eso (lo de pedir turno para presentar el recurso) y les duró lo que tardaron en pronunciarlo. Los argumentos que te dí son todos válidos. Repasando la ley podés encontrar otros.
En ANSES hay que discutir mucho. No te quedes nunca con lo que te dice el 1ero que te atiende. Muchas veces por ignorancia o porque les bajan ordenes, piden cualquier cosa. Pedí hablar con el supervirsor y sino directamente vas y le expones la situación al jefe de UDAI. Si los funcionarios con jerarquía persiste en la posición pedile que te extiendan lo que te informan verbalmente por escrito y con citas normativas. Vas a ver que te lo toman. Para la profesión es necesario CONOCIMIENTO + CARACTER. Analizalo el tema y te va a ir bien. Suerte.