tengo qeu hacerle la jubilacion a un señor que tiene 70 años ahora, y unos meses, tiene un exceso de edad de 5 años y ocho mese, por lo que corresponde descontarle 2 a ños y 10 meses de la deuda, conforme a esto. pero este hombre tuvo aportes que figuran cargados en el sicam, de 07/2004 al 02/*2007, y a causa de ello, no puede usar el beneficio de siete años de descuento de deuda, del art. 3 de ley 24476. debo prescribir ese periodo del 2004 al 2007 que tiene aportes, que está inscripto, por la ley 25321, art.1, pero no se como se carga eso en la situacion de revista, ya qeu cuando estoy en el casillero de beneficio y le cargo ese periodo, tomando la opcion que me da de art. 1 25321, y le cargo tambien los siete años de la ley 24476, art 3, entonces al refrescar y actualizar la situacion de revista, se me borra lo qeu cargue con la 25 321 y no encuentro la forma de cargarlo. sabra alguien como se carga ese despelote. me indicaria por favor. el qeu me responda le pago un choripan y se lo mando por delivery , y tengo apuro por que el hombre esta bastante enfermo. saludos a todos. felizaño nuebvo.
VEAMOS, SI TE FIJAS CUANDO ACTUALIZAS SITUACION DE REVISTA EN SICAM, TE DICE, SE BORRARAN LOS BENEFICIOS.......
POR ENDE..APLICA LA 25321 EN ESOS AÑOS DEL 2000 QUE DECIS, APLICA ART 3, Y LISTO, CUANDO HACES LA LIQUIDACION...TE SALDRA EN 0 (CERO) SALUDOS..
( DESPUES ARREGLAMOS LA ENTREGA DEL CHORI JAJAAJAJAJ)
MARCELO
