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  • GP 57/08

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #280408  por NAOMI_NHO
 
NO PUDE COPIAR ACÁ LA GP 57/08, ENTONCES SE ME OCURRIÓ CREAR UNA CASILLA DE MAILS QUE PODAMOS VER TODOS Y AHÍ LA MANDÉ. ES UNA CUENTA EN YAHOO, EL USUARIO ES portalabogados Y LA CONTRASEÑA ES previsional. ESPERO PUEDAN BAJARLA DE AHÍ, LA VAN A ENCONTRAR EN "CORREO MASIVO" O "ENVIADOS". PROPONGO QUE ENVIEMOS TODO AHÍ, EN CASOS COMO ESTE.
 #280540  por VALESANO
 
GENIAL LO TUYO.......... QUE RECONFORTANTE ES VER GENTE QUE SE OCUPA POR LOS DEMÁS...........AUNQUE YO LO ACABABA DE RECIBIR, IGUALMENTE LO ABRÍ. AHORA LO ESTOY LEYENDO PERO PARECE QUE ES FAVORAB LE. SALUDOS.
 #280874  por betiana08
 
gRACIAS. PUDE BAJAR LA CIRCULAR DESDE LA CASILLA.
MUY BUENA TU IDEA
SALUDOS
BETIANA
NAOMI_NHO escribió:NO PUDE COPIAR ACÁ LA GP 57/08, ENTONCES SE ME OCURRIÓ CREAR UNA CASILLA DE MAILS QUE PODAMOS VER TODOS Y AHÍ LA MANDÉ. ES UNA CUENTA EN YAHOO, EL USUARIO ES portalabogados Y LA CONTRASEÑA ES previsional. ESPERO PUEDAN BAJARLA DE AHÍ, LA VAN A ENCONTRAR EN "CORREO MASIVO" O "ENVIADOS". PROPONGO QUE ENVIEMOS TODO AHÍ, EN CASOS COMO ESTE.
 #280888  por pablo2
 
que idea che
 #281144  por Nieves
 
Hola a todos, estuve leyendo la nueva circular 57/08 y concluí lo siguiente: la diferencia con la anterior circular (53/08) es que aquella determinaba tres tipos de trabajadores dentro del servicio doméstico y ahora la nueva habla de cuatro tipos:
1- Dependientes: 16 ó mas hs.1 solo dador de trabajo .comprendido en Decreto Nº 326/56.-
2- 16 ó más hs. Más de 1 empleador o sin acreditar el resto de las condiciones.No comprend. Dto.326/56.-
3-más de 6 hs y menos de 16 hs.-
4- Independientes:menos de 6 hs (autónomos- monotributistas).-

Para iniciar jubilación a partir de ahora deben presentar:

1- ( PAGARON $55 X MES ) DECLARA DADO R DE TRABAJO.-
Declaración jurada del empleador (modelo en el Anexo de la Circular).-
Formulario 102 ( desde 4/2000) o Formulario 906 (antes del 4/2000).-

2- ( PAGARON $55 XMES) NO DECLARA DADOR DE TRABAJO
Formulario 102.-
SIPA ( ex- SIJIP) DEBEN CONTAR LOS $35 DE CONTRIBUCIÓN OBLIGATORIA POR MES APORTADO.-

3- (PAGARON $20 + $23) NO DECLARAN DADOR DE TRABAJO.-
Formulario 102 ($20)
Formulario 575 ($23)
SIPA ( ex- SIJIP) DEBEN CONTAR LOS $35 DE CONTRIBUCIÓN OBLIGATORIA POR MES APORTADO.-

4- SICAM,donde figuren los pagos realizados. Puede hacerse Moratoria Ley 24476.-

Esto es para jubilaciones, retiros por invalidez y pensiones por fallecimiento,tienen otro tratamiento.-
Esto me parece a mi, ustedes lo leen y opinan .- GRACIAS. SALUDOS MÚLTIPLES. :lol:
 #281159  por paulini
 
En la Udai, fui con F. 102 por $ 55, y me dijeron que tengo que presentar prueba. Que para no presentar prueba tengo que hacer F 102 por $ 20 y F 575 por $ 23, y entonces es sin prueba. Mi pregusta es entonces F. 102 es por menos de 12 horas? Lo tengo que completar como antes y poner menos de 12 horas. Y el F. 575, que codigos dbo marcar, como lo completo? gracias
 #281206  por Sel
 
2- ( PAGARON $55 XMES) NO DECLARA DADOR DE TRABAJO
Formulario 102.-
SIPA ( ex- SIJIP) DEBEN CONTAR LOS $35 DE CONTRIBUCIÓN OBLIGATORIA POR MES APORTADO.-

En el segundo supuesto no está encuadrado en el decreto ( aún con 16 o más hs de trabajo semanales ), o sea o declara más de un dador o declara a un solo dador pero no coincide los 4 días o las 4 horas queda fuera del decreto, y según interpreto las pruebas son el SIPA ( $35 ) y el anexo I. Eso es lo que entiendo. Sel.
 #281382  por nemesis1
 
Buenísimo lo del mail de yahoo :idea: . Gracias !!
 #281393  por borges1978
 
Gracias por la idea del mail!!! Ya la pude bajar y la estoy leyendo. Les pido por favor que si alguien la puede aclarar, desde ya lo agradezco, estoy leyendo todos los post y tengo un merengue en la cabeza, encima tengo trámites empezados y a iniciar y me da miedo tanta inseguridad jurídica. Gracias