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 #280166  por Sol2008
 
ROCHIZZA escribió:Pedi que se lo tenga por notificado, al no denunciar el nuevo domicilio constituido en todo caso que se lo tenga por constituido en los estrados del juzgado y se te termina el problema.
Muchas gracias por tomarse el minuto para responderme. Saludos.
 #280167  por Sol2008
 
gadriana escribió:
abogado1987 escribió:Sol, si " ... El demandado constituyó domicilio pero luego el colega que lo representaba se mudó a otra oficina ... " , notificaría al domicilio constituido (art. 42 del CPCC) hasta tanto no me notifiquen de la constitución de nuevo domicilio ...
Exactamente. Ese es el domicilio constituido. Es carga de ellos notificarte uno nuevo. Pedí se lo tenga por notificado directamente. Ese es el efecto de un domicilio constituido. Distinto sería si lo que tenés que notificar va al domicilio real, eso es otro cantar. Atte.
Muchas gracias por contestarme.
 #280168  por Sol2008
 
ROCHIZZA escribió:Pedi que se lo tenga por notificado, al no denunciar el nuevo domicilio constituido en todo caso que se lo tenga por constituido en los estrados del juzgado y se te termina el problema.
Agradezco mucho el tiempo que se ha tomado para responderme. Seguire la sugerencia. Muchas muchas gracias.
 #280171  por Sol2008
 
sergiosky escribió:opino igual, si el abogado constituyó domicilio en x lugar las cedulas deben enviarse ahi si o si, el oficial notificador no puede informar que no pudo notificar porque no vive mas ahi, es obligacion del abogado denunciar en el expediente nuevo domicilio constituido, hasta que ello no suceda vos tenes que enviar las cedulas al ultimo domicilio constituido y que consta en autos, la responsabilidad será del letrado que se mudó sin avisar pero no es carga tuya salir a rastrearlo por media ciudad para entregarle la cedula, pedí que atento la omision de denunciar domicilio se lo notifique en los estrados del juzgado.
Hola Sergiosky.
Muchas gracias por tomarte el tiempo de explicarme. Seguiré las indicaciones. Muchas muchas gracias !!!!
 #280185  por gadriana
 
ROCHIZZA escribió:Pedi que se lo tenga por notificado, al no denunciar el nuevo domicilio constituido en todo caso que se lo tenga por constituido en los estrados del juzgado y se te termina el problema.
Exactamente, es mucho más rápido y no te pones a la oficina de notificaciones en contra :mrgreen:
 #280192  por Doncella_de_Orleans
 
JUaaaa y cómo te pones a la oficina de notificaciones en contra?
Yo lo hice, por eso lo sugiero.
 #280345  por Doncella_de_Orleans
 
abogado1987 escribió:Sol, de nada ... un gusto dar una mano

Donce, contá como hiciste !!! :lol:

Cómo hice que?
Ponerme a la oficina en contra? si eso pasó, ni me enteré.
Si preguntàs por la notificación, a la tercera vez que el oficial volvió con la cédula al denunciado sin notificar pedí oficio a la oficina. Decía que no encontraba a la persona (testigo ofrecido por mi parte), que no había numeración, que preguntó a los vecinos, etc. Hasta en una puso que atento no contar con condiciones de seguridad suficientes para cumplir su tarea (lugar peligroso, es cierto) no entraba al barrio. Lo curioso es que días atrás había podido notificar al concubino de esa mujer, en el mismo domicilio; el señor era testigo ofrecido por la contraria... :|
Acompañé al oficio copia de las cédulas devueltas y de la cédula que sí notificó.
La verdad, qué contestó la oficina no recuerdo, pero la cédula siguiente se notificó sin problemas :P

Y en otra ocasión el tema de no dejar en constituido.
 #280387  por abogado1987
 
Doncella_de_Orleans escribió:
abogado1987 escribió:Sol, de nada ... un gusto dar una mano

Donce, contá como hiciste !!! :lol:
Y en otra ocasión el tema de no dejar en constituido.
habilita a ... (censurado)

:lol:
 #280398  por fede7801
 
Te comento que si el domicilio es constituido no tiene que venir rechazada, tiene que fijarla en la puerta. Si seguis teniendo problemas anda hablar con el oficial notificador de la zona en la oficina de notificaciones.
Exitos
 #280501  por Doncella_de_Orleans
 
Ven? Diganme si ir a hablar con el oficial no es más "incómodo" que el oficio a la oficina de notificaciones! :lol: :lol: :lol:
 #280603  por Sailaw
 
Si existe un domicilio constituido, este queda vigente hasta que se cambie, notificando ese cambio, subsiste, luego toda notificaciòn diligenciada al domicilio constituido es valida, y cumple con su proposito aunque vuelva con el informe del oficial notificador que ese abogado no està mas en el lugar. (cosa que no deberìa ser. porque las tiene que dejar o si o si)

Pero ante esta situaciòn, solicità que se de por notificadas, así de sencillo.
 #280631  por gadriana
 
Sailaw escribió:Si existe un domicilio constituido, este queda vigente hasta que se cambie, notificando ese cambio, subsiste, luego toda notificaciòn diligenciada al domicilio constituido es valida, y cumple con su proposito aunque vuelva con el informe del oficial notificador que ese abogado no està mas en el lugar. (cosa que no deberìa ser. porque las tiene que dejar o si o si)

Pero ante esta situaciòn, solicità que se de por notificadas, así de sencillo.
Exacto Sail,es lo que había dicho anteriormente, pero salieron con la más complicada, de ir a la oficina de notificaciones a reclamar. Eso se hace si al escrito que hemos propuesto no se le da curso. Es innecesario ir a la Oficina de notificaciones, si reclamando por un simple escrito se te concede.No me parece que deba reirse nadie por mi opinión, y hasta falto de respeto . Mi opinión es fundada. Cada reclamo por un incumplimiento de un oficial se asienta y lleva un trámite y eso hace a sus incumplimientos. El oficial no va desglosa la cédula y la devuelve al expte con un informe.
Y si, en una ciudad como la mía ese oficial está en falta después te la anota. Siempre es bueno llevarse bien con los oficiales notificadores.
Por favor sres abogados, el tema se puede zanjar con un simple escrito en vez de hacer tamaño desp...Es una desproporción.
Repito, sólo un escrito pidiendo se lo tenga por notificado. No es necesario ir a reclamar nada a la oficina de notificaciones, salvo que les guste hacer trabajos innecesarios o que se rechace la petición.
El punto acá es que tengan por notificada a la persona y eso se hace pidiendo en el mismo expediente. La falta en los deberes del oficial notificador son harina de otro costal. Atte.