Hola a todos. Sé que el informe no bloquea el dominio y el certificado sí, pero pregunto :
a)Cuál es el efecto de tal bloqueo ? Algún ejemplo ?
b) Si el certificado lo pueden solicitar sólo el / los titulares, lo que se acompaña al pedido de inscripción de una D.H ( por los herederos, obvio ) es siempre un informe ?
c) La cónyuge supérstite, en el caso de ser el bien ganancial, puede pedir certificado, y si lo hace, a qué efectos ?
Esto de enumerar preguntitas es muy pretencioso, no ? Si alguien me responde, acepto que las respuestas sean desordenadas, je.Sincero agradecimiento a todos los que habitualmente me contestan. Juro que cuando yo me siento capacitado para responder la inquietud de otro colega, me tomo un tiempito y lo hago. Saludos.
a)Cuál es el efecto de tal bloqueo ? Algún ejemplo ?
b) Si el certificado lo pueden solicitar sólo el / los titulares, lo que se acompaña al pedido de inscripción de una D.H ( por los herederos, obvio ) es siempre un informe ?
c) La cónyuge supérstite, en el caso de ser el bien ganancial, puede pedir certificado, y si lo hace, a qué efectos ?
Esto de enumerar preguntitas es muy pretencioso, no ? Si alguien me responde, acepto que las respuestas sean desordenadas, je.Sincero agradecimiento a todos los que habitualmente me contestan. Juro que cuando yo me siento capacitado para responder la inquietud de otro colega, me tomo un tiempito y lo hago. Saludos.