HOla, me gustaría si tienen alfun fallo referido al tema del traspaso de las AFJP al Estado. MUCHAS GRACIAS!
catalina2008 escribió:Si, Andrea, es cómo vos decís, cometí un error en la redacción.Si si.. lo supuse... por las dudas acoté.
Es la " adquisición del derecho".
saludos y gracias
Otra cosa, supongamos que alguien retira los fondos, le queda un remanente en el E. que será inutil, ya que no podrá cobrarlo, ni tampoco usarlo para su jubilación.
Pensando en la solución de pagar la moratoria, habría que tener en cuenta lo siguiente.
1- Que la moratoria sea menor a lo que retiró.
2- Que un empleado en relación de dependencia tiene más posibilidades de superar la minima que un autonomo... que compró los años y categorías más baratas con la moratoria...
3- Y por último, en lo personal, y como estudiante, no lo haría, a favor o en contra de las AFJP, no me parece bien que alguien saque su plata, luego pague con la moratoria y obtenga una ventaja económica de esa manera... Porque después de todo basicamente lo que se hace es ... vos me debés $100, yo te doy $500 por mes y de esos $500, pagame los $100, o sea.. te regalo $400... y encima van a retirar sus fondos? Yo no lo comparto... el que piense hacerlo tendrá sus fundamentos...
Y por último, nadie tenía el dominio pleno sobre sus fondos, yo creo que lo único que podés exigir es que se protejan los derecho ya adquiridos... y que el E. garantice una jubilación o pensión digna para todos.
