siloski escribió:y otra duda indistintamente de que la incripción la haga yo o el escribano primero debo solicitar al Juez que la ordene y antes debo pagar tasa y sobretasa verdad?por favor aclarenme estas dudas tengo una laguna!!!!!!!!
siloski, tienen que estar cumplidos los requisitos de más abajo y solicitás que se ordene la inscripción de la DH por tracto abreviado, a tal fin autorizás al escribano ............ para retirar el expte.
Requisitos para la inscripción de bienes:
1) Debe acompañarse la conformidad expresa de todos los herederos.
2) Se debe acompañar el certificado de inhibiciones del causante (validez 3 meses). (1)
3) Se debe acompañar certificado de dominio del bien (validez 3 meses) (1)
4) Se debe acompañar la Valuación fiscal del año en curso expedida por la Dirección Territorial de Catastro de la Pcia. de Bs. As. A los fines regulatorios y pago de la Tasa de Justicia.
5) Deberá denunciarse las proporciones correspondientes a cada heredero en números fraccionados.
6) Se debe acompañar la declaración jurada de bienes.
7) Debe estar cumplido el art. 21 de la ley 6716 (aportes) y manifestar la percepción de honorarios o conformidad con la inscripción.
8 ) Debe estar abonada la tasa de justicia (2,2%), sobre la parte que se transmite y sobretasa (10%)
Link del
http://www.jciv3sanmartin.com.ar/info_t.php?id=12