Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Se podra jubilar??Contesten por favor

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #273137  por MariSil
 
Hola a todos, necesito que alguien me diga si una mujer de 75 años que esta cobrando una pension no contributiva de $480 podria pedir la jubilacion por la ley 24476 ( sin perder la pension) .

Bueno Gracias .Espero pronta respuesta
 #273139  por laulau
 
Hola: no, la pensión no contributiva la tiene que renunciar para poder cobrar la otra. Es decir que sí, se puede jubilar pero no va a cobrar los dos beneficios. Sdos.
 #273309  por Mo
 
Hola yo te aconsejo lo siguiente.
Hacele el sicam y envialo, luego sacas turno y en el formulario que tenes que presentar en el turno "declaracion jurada de no poseer otro beneficio" se lo haces firmar y no ponés nada.
En el turno si te preguntan si tiene otro beneficio decis que no.
Cuando te otorgan la jubilacion por 24476, te saldrá con pago suspendido.
Entónces. Le haces cobrar el mes y el mismo dia que cobra la ultima no contributiva te vas y renuncias con una nota formal que la llevas en el mismo dia a anses en beneficiarios.
Te reactivan el pago de los haberes del mes siguiente y el retroactivo y el mes ese que presentas la baja en anses lo cobras a los 60 dias desde el dia de presentacion de la baja en anses.
Espero te sirva.
 #273316  por fabidoc
 
La renuncia a la pensión graciable, demora 3 meses en tramitarse, por lo que la persona puede iniciar, renunciando a la graciable que la baja no es automática.
 #273418  por cristiancordoba
 
En mi UDAI no te inician el trámite si no presentás la constancia de la renuncia hecha ante la Comisión de Pensiones Asistenciales. Lo que he estado haciendo es lo siguiente: mando el sicam los primeros días del mes, espero los 45 días para sacar el turno, y un día antes del turno lo hago renunciar a la pensión no contributiva. Ese mes lo cobra, y los dos siguientes también. Como es autónomo puro en un mes ya está aprobado y al tercer ya cobra, incluso con un buen retroactivo. Le alcanza para pagar los honorarios y quedarse con plata en el bolsillo. Happy end.
 #273622  por laulau
 
Yo inicié una autonoma pura por web, me salió otorgada enseguida pero condicionada a que renunciara a la otra. Tenía fecha de cobro diciembre, entonces le hice renunciar en noviembre a la otra. Ayer fuimos a ANSES, pedimos RUB y le aparece que cobra el 11/12, no suspendido!!! Después les cuento!!!
 #274194  por MariSil
 
Otra consulta foro amigo, y disculpen mi ignorancia , recien estoy empezando , en el caso de la pension no contributiva , se cobra aguinaldo y se tiene obra social?por que consulte en los codigos haberes y descuentos de Anses y aparece esta informacion, y realmente le convendra renuciar a este beneficio para jubilarse ?, tengo explicarle bien , para que pueda decidir que hacer y no se como hacerlo .Otra preg cuanto es el haber de una jubilada por la ley 24476, ?
 #274199  por Mo
 
En la jubilacion de anses tambien se tiene aguinaldo y PAMI. Y el haber el de 690 en la actualidad y por la ley nueva de movilidad aumentará en marzo un 8% y en julio 2009 un 5% no recuerdo bien cuanto. Pero tené en cuenta que por la ley 24476 tiene que pagar la moratoria que por la edad te va a quedar una cuota mas o menos de 140 pesos o mas asi que el haber te va a quedar en 540 mas o menos mas 45 pesos que le dara pami si se afilia.
Le re conviene la jubilacion, y no te lo digo solo por el monto que cobrará que será mayor si no porque va a ir aumentando y es mas estable. Espero te sirva