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  • aportes en el periodo que puedo comprar por moratoria

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #272296  por caro J.
 
Hola chicos, la verdad que sabia como hacerlo pero ahora me entraron dudas, es un caso de un hombre que tiene una inscripcion en el padrron historico de autonomos desde el 02/1968, y en datos personales me figuran periodos prescriptos y no prescriptos desde esa fecha hasta el 06/2004, mirando el detalle de deuda despues de cargar todo en situacion de revista, tiene algunos años pagos posteriores al 91, y yo necesitaria comprar por moratoria otro tanto, pero el tema es que me figuran todos esos años y si los renuncio no los puedo volver a comprar, que opcion tengo? cambiarle el codigo y comprarlos a esos mismos? como era??? gracias...
 #272308  por hugo2
 
caro J. escribió:Hola chicos, la verdad que sabia como hacerlo pero ahora me entraron dudas, es un caso de un hombre que tiene una inscripcion en el padrron historico de autonomos desde el 02/1968, y en datos personales me figuran periodos prescriptos y no prescriptos desde esa fecha hasta el 06/2004, mirando el detalle de deuda despues de cargar todo en situacion de revista, tiene algunos años pagos posteriores al 91, y yo necesitaria comprar por moratoria otro tanto, pero el tema es que me figuran todos esos años y si los renuncio no los puedo volver a comprar, que opcion tengo? cambiarle el codigo y comprarlos a esos mismos? como era??? gracias...
NO ENTENDI NADA POR FAVOR SE MAS CLARO ASI TE PODEMOS AYUDAR.
 #272352  por norabe
 
Cargá en situación de revista el período que sale en datos personales (02/68 a06/04), calculá liquidación, entrá a detalle de pagos, y todo los posterior al 09/93 que arroje deuda, lo prescribís o renuncias según corresponda. Lo que te falta lo comprás ampliando períodos, sí, se que hay foristas que hacen todo en sicam I, yo sigo ampliando.
Perdón, si no es esto lo que preguntás.
 #272620  por caro J.
 
si hasta ahi perfecto, es lo que hice, el tema es que si yo renuncio lo que tiene desde el 02/1968 no le puedo comprar nada, entendes? como hago para aprovechar los periodos que le podria comprar que van desde que cumple los 18 años hasta sep del 93??? gracias
 #272642  por caro J.
 
jajajjaa hola rachel, mira, a ver como lo explico, el tema es asi, este señor tiene una inscripcion en el padron historico de autonomos del 2/1968, y desde ahi en adelante hasta el 6/2004 en datos personales me figuran distintos aportes como autonomo y monotributista, si?
Bueno el tema es el siguiente, despues de cargar todo esto en situacion de revista y hacer un calculo de liquidacion para ver que meses me generan deuda y que meses no, veo que desde el 2/1968 hasta el 9/1991 tiene deuda, que deberia renunciar, y de ahi en adelante me figuran periodos con deuda y otros no...Ahora, la pregunta es la siguiente: para poder comprar años por moratoria, porque no llego a los 30 años de aportes, entonces si o si le tengo que comprar años, como hago para aprovechar desde el 2/1968 hasta el 10/1991, y poder comprar años en ese periodo? como puedo hacer para aprovechar y no renunciar? porque si renuncio todo no puedo comprar....gracias rachel, espero que me hayas entendido..
 #272704  por arandu
 
Atendé Caro: podes comprar desde 2/68 para atras, es decir desde 01/55, siempre que a esa fecha haya tenido 18 años. Esos períodos son más baratos. Despues ocupá todos los períodos pagos aunque tengan intereses, esos pagos se toman para saldar parte de la deuda de ese período. Aplícás art. 3 de la declaración jurada a los períodos impagos y más caros. Solo tenés que prescribir o aplicar art. 1 l 24.476 a los períodos que no vas a ocupar. Eso se llama renunciar. Todo esto hasta 09/93. Los pagos posteriores se toman siempre y cuando te aparezcan deuda 0. Los demás, aplicas art 1 L 25.321. Eso es renuncia a períodos posteriores a 09/93. Espero te sirva.
 #272890  por rachelcba
 
Ahora sí Caro !, perfecto como lo explicó arandu, esos periodos los tenés que tomar aunque tengan deuda xq esa deuda queda incluida dentro de la moratoria; los pagos que tengas posteriores a 09/93, si te dan deuda "0" mejor, pero si te arroja algo de deuda de intereses y es poca por ahí te conviene pagarlos y tomar también esos pagos, yo una vez tuve un caso donde tuve que pagar 97 meses de int. de monotributo, pero como eran centavos me convenía, eso sí no sabés cómo me quedó la mano de tanto llenar form., y en el banco me odiaron !!!!!. Saludos !!!! Rachel.
 #273056  por caro J.
 
chicos, muchas gracias por ayudarme, pero sigo sin entender lo mismo, escuchen, todo lo que me explicaron lo se, ahora la pregunta es, que como ya compre años desde el 1/1955 hasta el 1/1968, me siguen faltando para completar los 30 años, porque en total tengo que comprar 18 años..
Lo que me habian explicado por ahi, es que a esos periodos impagos desde el 2/1968, les cambie el codigo y de esa forma compre lo que me falta que son 5 años mas, entienden? o sea:
Este señor tiene desde el 2/1968 hasta el 6/2004, categoria 198 autonomo, entonces si a mi me faltan 5 años porque los otros 13 años ya los compre anteriores al 2/1968, me conviene cambiar la categoria, ej
2/1968-2/1968: 198
3/1968-2/1973: 401
lo demas obviamente que lo renuncio o prescribo, eso ya lo se, pero mi pregunta es esa puntualmente, se entendio?