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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #270479  por GABIAMEL
 
Hola tengo que iniciar una jubilacion en Mar del Plata, que la señora nacion en 1947, le faltan 9 meses para los 30 años y se que puedo comprarselos por SDM ahora la pregunta es de que valor ????. Veo que hay diferentes posturas. Jamas inicie una asi pido ayuda Gracias!!!!
 #270529  por vickyvick
 
hola gabia!!..tenes q comprar de$ 20 a traves del form 102, y desde hace muy poco tambien hay q comprar $ 23 de contribuciones mediante el formulario 575, o sea, en total son 43 pesos por mes.ojo, eso es solo de capital, no se incluyen los intereses, pero la mujer q me asesora en afip me dijo q hasta ahora afip nunca exigio el pago de esos intereses y q solo actruaria en caso de denuncia, pero q como siempre se pone de empleador algun fliar de la persona q se qyuiere jubilar, este nunca lo denunciaria. n anses hay diferentes posturas, segun donde vayas...(triste pero real...)..aca en chaco me dijeron q como no existen libretas sanitarias hay q llevar ademas de los formularios la certificacion de servicios aunque ese monto de 20 implique q la persona trabajaba como independiente por la cantidad de horas..., en otras udai no te exigen la certificacion..saludos!!..y espero haber sido clara =)
 #270676  por carlos74
 
Hola gabia!! compra de $20 q segun entiendo la aclaratoria de la sircular 53/08 despues descuentan del retroactivo hay que analizarla un poco mejor recienh la estoy analizando
 #270681  por andrea37
 
Carlos74 en la aclaratoria dice que se descontará del retro los iniciados con anterioridad al 24/10/08, yo esperaría a que salga la modificación de la circ 53 a que hace referencia la Gerencia Previsional.
 #270702  por carlos74
 
Tenes razon andrea pido disculpas lo emitido en el día de hoy es un anticipo sobre el alcance que se va a plasmar en una circ. la semana que viene.-SOLO aplicable a los iniciados antes del 24/10 y a los turnos solicitados antes de esa fecha.- También alcanza los trámites iniciados con posterioridad a los que no se les había solicitado ninguna docuemntación acorde a la circ. 53.-
TODO lo demás, debe ajustarse a la normativa.- Si el turno fue en 11/2008, quedó afuera de las excepciones.-