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  • CONTRATO DE ALQUILER

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 #270112  por docthos
 
me solidarizo con cinthia, a mi me pasa, el tema muchas veces pasa porque somos nuevos y no tenemos parametros para ver cuanto se tendria que cobrar en la practica, no hablo de la ley de honorarios, entonces vienen los conocidos de conocidos, no susana gimenez o marcelo tinelli, sino doña marta que es la del almacen de la esquina que le vamosa comprar el pan todos los dias y resulta que doña marta necesita alquilar una pieza que esta desocupada y bla bla, te imaginas decirle si, le cobro 700 $$, se que es lo que vale y de hecho estoy convencido de que tenemos que cobrar la consulta pero no es para decir que bajas tal o cual cosa de internet , me parece cualquiera pero tene en cuenta que no siempre sabemos todo, como seguramente vos si, por ejemplo doncella de orleans contesto tb en desacuerdo pero con el respeto y probidad que tiene que caracterizar nuestro proceder-
ademas tenemos que ver que muchos tb somos abogado de barrio muy diferente al de ciudades con mayor movimiento y trafico juridico. Entonces me parece lo mejor es hacer lo que hacen personas como mordisco, dal, doncella de orleans, etc que son los que respuestas mas solidas dan juridicamente, se nota que hacen años que estan y son lo que mas apoyan a gente como yo quue recien comienza.
 #270113  por halejandrofernandez
 
segun la ley de honorarios de provincia se debe cobrar el 5% del total del contrato, es decir, sumando lo que se cobraria por el total de los dos años, Yo trabajo en inmobiliaria, y me ocupo de eso en especifico, si te interesa te mando el modelo que nosotros usamos como base.
Lo ideal es sacarle un veraz a todos los inquilinos, asi como los garantes. Obviamente siempre con una buena garantia de inmueble, a ésta se le deben solicitar informes de inhibicion y de dominio estos estan 45 pesos cada uno mas 20 de cada uno de los formularios. Por lo pronto yo si confecciono el contrato me ofreceria para presidir la firma del mismo como para ofrecer un servicio completo y bien hecho.
 #270146  por docthos
 
alejandro, pero no conviene certificar las firmas, razon por la cual deberia ser ante escribano??? y la otra duda del impuesto de sellos es, en caso de no hacerse ante escribano, se estila pagarlo o se hace como en los pagares para el juicio ejecutivo que solo se paga si se ejecuta?? perdon mi ignorancia!!!
 #270210  por Catita_1
 
Les hago una consulta, el tema del dinero para entrar, es decir deposito, garantia, adelantos, etc. Y al final de la locacion que es lo que se reintegra al locatario
Un abrazo.
 #270257  por jfrotela
 
Catita_1 escribió:Les hago una consulta, el tema del dinero para entrar, es decir deposito, garantia, adelantos, etc. Y al final de la locacion que es lo que se reintegra al locatario
Un abrazo.
Cintia, en teoría lo que se devuelve es el depósito, cuya finalidad es cubrir eventuales gastos generados al finalizar el contrato no abonados. Digo en teoría pero siempre hay alguna excusa para no devolverlo.

Saludos.
 #270270  por Catita_1
 
Gracias Franco.
 #499382  por Maricarmona
 
Soy Propietaria de locales comerciales y queria saber como puedo saber el valor de mis locales para alquilar uno es de 40m2 cubiertos con baño es una esquina y el otro es de 60m2 cubierto tipo cochera sobre paradas de micros y zona comercial del departamento de las heras.Mendoza y cto seria el costo del contrato
 #499393  por Maricarmona
 
Perdone tambien queria preguntar algo hace 10 años compre los locales por ejemplo uno de ellos se llueve el techo,el piso es una parte de cemento hay que terminarlo,el piso de la vereda tambien esta mal hecho.le faltan los vidrios no hay persianas .por eso no he podido alquilarlo y queria saber porque ejemplo si puedo poner en el contrato que arreglen los locales como garantia no como deposito.ya que algunos incluso una inmobiliaria me preguntaron si aceptaba.exepto la inmobiliaria que queria que por un año no le cobrara el alquiler el dijo que mi local de la esquina salia $500,00 y si no pueden conseguir garantes que se le puede pedir.que requisitos se pide?
 #499442  por claudiarf
 
Para poder alquilar los locales seguramente tendrás que ponerlos en condiciones. Te sugiero que te pongas en contacto con alguna inmobiliaria local a fin que te digan los requisitos necesarios para lograr tu fin. Y en cuanto al resto y en especial al contrato consultá a tu abogado de confianza.
Saludos