bueno sera la derivada jaja yo recien hace poco empiezo en la profesion y me caen casos inimaginables y bue ... todo bien y viva la profesion de abogado!!!!!!!! saludos a tuitos amigos de este foro!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
Pensión derivada o pensión directa.. no existe la jubilación indirecta.
Yo soy estudiante, y nunca en mi vida hice una jubilación. Me parece que antes de largarte a hacer algo deberías leer la ley, porque podrías meter la pata feo.
Pdés encontrar la parte de Seg. Social en cualquier manual de laboral, por ej. Grisolía 2007 está bastante actualizado, es cortito, pero sirve. De hecho yo estudié gran parte de la materia (Seg. social) de ese libro, y otras tantas las fui sacando de otro lado, pero en sí el régimen previsional de ahi, de las leyes y por supuesto, la ley de mi provincia y el régimen municipal. Así que lo básico está seguro.
Seguramente te deben haber quedado los apuntes de laboral o de seguridad social si la tuviste como materia. También se toca el tema si tuviste ancianidad.
Dada la edad de la señora... y la del muchacho, tené en cuenta que si hay matrimonio in extremis y muere a causa de esa enfermedad, también va a tener que demostrar el concubinato de acuerdo a las pautas de la ley para tener derecho a pensión (al menos a esa conclusión llegamos una vez en este foro), si alguien no la comparte... opine nomás.
Saludos
Andrea
