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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #264023  por silviR
 
no soy nueva en esto , pero nunca tuve un accidente in itinere y no se como encararlo, tengo un cliente que cuando salia del trabajo lo atropello un coche y le genero una herida en el codo con perdida de movilidad .Fue atendido por la ART que fijo una incapacidad de 9 % ,el apelo y lo llevaron hasta la superintendencia que corroboro lo actuado por la ART , le pagaron 2500 $, el cobro en disconformidad , ahora mi cliente esta disconforme y quiere ir contra el empleador y la ART, ya que dice que fue mal atendido y "dejaron que se le infecte la herida ".Un medico que consulte me dijo que podemos arrimarnos a un 15 % de incapacidad, pero la verdad no se si puedo ir contra el empleador y usar el art 1113 del CC , o pedir mas plata por la LRT .El que lo atropello segun el no tenia seguro
Les agradeceria su opinion
 #264528  por MORGAN
 
Ni al empleador ni a la ART. Acción civil solo contra el autor del daño. Contra la ART por reparación integral basándose en la negligencia médica pero por lo que decís la incapacidad es poca y es mucho trabajo y muy arriesgado probar la causa de la agravación que mencionás, no lo veo, además quién te lo va a pagar si perdés?, le informaste a tu cliente los riesgos de perder un juicio? y de lo que va a tener que pagar en caso de que ocurra?
 #264568  por silviR
 
Gracias por contestarme , yo le dije que me parecia endeble el caso pero el esta como loco por sacarle plata a la ART que dice que lo trato como un "perro" y en especial contra el empleador al que parece odiar. No hay manera de pedir la reparacion integral al empleador como un accidente laboral comun ??? . ¿No se le puede pedir a la ART la diferencia de incapacidad entre 15 % - 7.8 % ? . Si perderiamos ,tendriamos que pagar los peritos y costas ?

Gracias por soportar mi incistencia , pero el accidente in itinere es una zona gris para mi , y no entiendo las implicancias
 #265236  por silviR
 
No puedo pedir la reparacion integral contra el empleador como un accidente comun ? . Por que lo que alega mi cliente es que el cobro en disconformidad , no le puedo pedir a la ART un resarsimiento mayor??
 #265288  por DAL
 
Para demandar al empleador por el art. 1113 tenes que ver que factor de atribución incluye este articulo y la relación de causalidad con el daño.

La cosa era riesgosa o tenía vicio????
El empleador era dueño o guardían de la cosa que causó el daño????
Hubo culpa de la víctima????
Hubo culpa de un tercero por el cual el empleador tiene obligación de responder?????
Que deber de seguridad violó el empleador?????


Si te dieron un 9, y tu médico te dice que "se puede arrimar" a un 15, me da la sensación que no es tan claro lo que tu médico opina, el no te lo afirma. "se puede arrimar" no es lo mismo que "le corresponde".


Por otro lado el planteo que quiere hacer tu cliente es CIVIL no laboral.
Si lo atendieron mal, esto influyó en el resultado, la incapacidad, el padecimiento, etc. lo que tenés que hacer es una demanda civil contra LOS MÉDICOS, el sanatorio donde lo antendieron por ser empleador o responsable de los médicos, y en su caso la ART por ser responsable del sanatorio. Esta demanda NO ES LABORAL. Pensá que es una mala praxis común y corriente. Ahora te ubicás mejor en los riesgos que te comenta Morgan?????? Si decidís encararlo es por ahí, no por la vía laboral.



Y no me apuraría tanto a descartar al causante del daño. Desde cuando no tener seguro te exonera??????????
Demandalo, algun bien tendrá o lo podrá adquirir en los años por venir. Tene en cuenta que una forma de adquirir bienes es que se mueran tus padres, por ejemplo!!!! realmente uno nunca sabe que un insolvente siempre será un insolvente. Esta demanda me parece más procedente que las otras. Hay un riesgo cierto de no cobrarla, pero apuesto a esta y no a las otras.
 #265319  por silviR
 
Gracias por contestarme , voy a convencer a mi "necesitado cliente " que se busque un trabajo , y de deje de ilusionarse con ganar la loteria, pareceria que para algunos es una especie de premio que un auto lo atropelle.
 #265582  por polyher
 
Disculpen, pregunto:

Puede `cobrar pòr una lado de la ART y ademas el choque contra el que lo choco?
Son acciones indepenndientes?

GRacias
 #265594  por MORGAN
 
Sí, pero le van a descontar lo que hubiese percibido de alguna de esas, si se enteran.
 #800199  por joel123
 
Buenos dias colegas

Tengo un accidente in itinere, en donde el empleador no tiene ART, y el que se hará cargo del pago de los daños físicos, por ahora, es la aseguradora de automóvil. Solo de los físicos ya me adelantaron desde el seguro. De modo que aceptaremos la indemnización en disconformidad, y luego reclamar por los rubros de la LRT. Ahora bien, una vez aceptado el cobro, debo dirigir el reclamo contra el empleador.. Si este empleador asimismo trabajaba con el empleado damnificado para otra empresa que los contrata.., también puedo dirigir ese reclamo contra dicha empresa? Como argumento legalmente esta conexidad entre empresa contratante y empleador?

Desde ya agradezco sus respuestas..