Hola: queria hacer una consulta: tengo una clienta que tiene 82 años y percibe una pensión, puede jubilarse por la ley 24476 y acceder a la moratoria para el pago de los aportes???? o por tener una pensión tiene que pagar su deuda total en efectivo??? gracias
Hola, entiendo que si tiene pension las alternativas son:
1) conservar el beneficio de pensión y abonar en efectivo la deuda de moratoria o,
2) renunciar a su pensión y acogerse a la moratoria pagadera en cuotas.
saludos
