yo de nuevo...
tengo el proveido del juez q resuelve la prescripcion y dice...en cuanto a la excepcion de prescripcion opuesta, atento que el tema a dilucidar hace a una defensa de fondo, no puede ser resuelta como excepcion previa, por no resultar de puro derecho, en consecuencia, corresponde diferir su tratamiento para el momento de dictar sentencia. Notifiquese
A lo demas solicitado, requierasea la anses, para que el en termino de veinte dias remita las actuaciones administrativas correspondientes al actor, bajo apercibimiento de secuestro...
Mi pregunta es, saben como se notifica lo del primer parrafo?? por cedula u oficio?
De lo segundo ya retiré el oficio del juzgado, lo tengo q diligenciar, pero no se como se hace lo de arriba.
Gracias!!!
"A los hombres fuertes les pasa lo que a los barriletes; se elevan cuando es mayor el viento que se opone a su ascenso." José Ingenieros