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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #258161  por cristiancordoba
 
No discutan con andrea1982. No se dan cuenta que quiere provocar y llamar la atención nomás (hay varios foros en los que ha hecho exactamente lo mismo y terminan peleándose entre todos), y ustedes lo que necesitan es tranquilidad para pensar en una solución a un problema actual.
 #258167  por marul007
 
es que esto seguro tarde o temprano se cae por q no tiene nada de juridico
salvo que de ahora en mas no vaya lo de solo 20$ es lo unico q se puede llegar a aceptar y q sea 43
de ahora en mas..es lo unico con sustento

el gran problema es q hasta q el agua se vaya van a que dar muchos ahogadoss

udais con distintos criterios etc, cuantos clientes perderemos y no se podran jubilar , la mala fama q haran algunos por q son viejos y no entienden esta locura
si no la entendemos nosotros como enterder ellos
por mas q digamos bla bla y q lo q dijimos era cierto cuando lo dijimos etc

de mientras anses no paga freno la caja
y jodanse todos dsp se vera

ahora nos rompemos el coco nosotros ahora digo dentro de anses en la parte q toma desciciones no hay alguien q frene estas cosas? no hay ninguno coherente o con sentido comun?
q haga entender q asi no se puede ni se debe hacer las cosas si queremos ser algun dia un pais serio
 #258200  por Elvira Meza
 
Buen dia gente. Me estoy desayunando con esta circular!!! Podrá ser una solución pedir se aplique la Res. 524/08 respecto a la probatoria de servicios respecto de que si aparece en sijyp el pago de aportes seria suficiente??? o estoy diciendo pavadas? Van a surgir muchos problemas con esta nueva circular.
Saludos :roll:
 #258288  por marul007
 
si pasa q en la udai tiene q hacer caso a las circulares dsp en la cars o en la justicia eso se debera hacer valer
 #258306  por EDUARDO SUAREZ
 
Viendo todo este descalabro, la incongruencia nace de la misma 25239

ARTICULO 1° - Establécese un régimen especial de seguridad social, de carácter obligatorio, para los empleados que presten servicios dentro de la vida doméstica y que no importen para el dador de trabajo lucro o beneficio económico, sujeto a las modalidades y condiciones que se establecen en la presente ley, sin perjuicio de la plena vigencia del Estatuto del Personal de Servicio Doméstico, aprobado mediante el Decreto Ley N° 326, del 14 de enero de 1956 y su reglamentación


Si consideramos que la cicular se desprende del dictamen 39057, el criterio lo van a tomar cada UDAI a su manera como es de costumbre, a menos que ANSES saque otra circular aclaratoria y unificadora de criterios
 #258314  por AnaliaHer
 
HOLA RECIAN FUE UNA AMIGA MIA A INICAR A VILLA URQUIZA, NO SE LO TOMARON NI BAJO INSISTENCIA.-
LE DIERON UNA NOTA, TIPO REQUERIMIENTO DE DOCUMENTCION DONDE LE DICEN QUE NO SE LO TOMAN POR LOS REQUISITOS DE LA NUEVA CIRCULAR.-
LE DIJERON QUE SAQUE UN NUEVO TURNO, QUE NO PAGUE OTRA CUOTA DE LA MORATORIA, SI ES QUE LE VENCE, Y QUE EL DIA DEL OTRO TURNO VAYA CON ESA NOTA, ADEMAS LE DIJERON QUE ANSES IBA A SACAR OTRA CIRCULAN ANULANDO ESTA O ACLARANDO PARA MEJOR MANEJO DE LOS EXPEDIENTES.-
DIOS DIRA..........
SALUDOS A TODOS
 #258316  por lvp
 
LES CUENTO QUE VENGO DE LA UDAI SAN MARTIN Y ME DIJERON QUE ELLOS VAN A PEDIR PROBATORIA "SOLO PARA LOS QUE PAGARON $ 55", LOS DE $ 20, "SOLO TICKETS Y COMPLETAR". LE PREGUNTE QUE PROBATORIA Y ME DIJO QUE SE PUEDE PRESENTAR TODO LO QUE DICE LA CIRCULAR, CUANTO MAS PRESENTES MEJOR, PERO SINO ACOMPAÑAS MUCHO NO SABEN SI TE LA OTORGAN. DE TODOS MODOS ME DIJERON QUE ESO LO VERA EL DPTO DE LEGALES. LA VERDAD, NO ME IBA A PONER A DISCUTIR CON EL EMPLEADO QUE ESTABA MAS DESCONCERTADO QUE YO, PERO, ME DA MUCHA BRONCA TODA ESTA SITUACION, PERO ESTOY DECIDIDA A BUSCARLE LA VUELTA, NO SIRVE DE NADA LLORAR SOBRE LA LECHE DERRAMADA. AHORA, EN MI HUMILDE OPINION, TENEMOS QUE UNIRNOS PARA ENCONTRARLE UNA SALIDA A ESTO, POR LO MENOS PARA LA GENTE QUE YA LE INICIAMOS EL TRAMITE. :cry:
SALUDOS.
 #258337  por lunita_roja
 
Queridos amigos, vengo de un turno en UDAI plaza de mayo, yo ingresé un SDM pero el mío era particular porque mi clienta realmente trabaja de servicio doméstico, los pagos no son extemporáneos y tiene libreta de trabajo. Sólo me hicieron adjuntar los 102, que los tenía firmados por el empleador y los tickets, la libreta no hacía falta porque los pagos fueron hechos en tiempo y forma. Les pregunté que pasaba con los casos de pagos extemporáneos y me dijeron que piden 102, tikcets y prueba. No los están tomando sin eso, los abogados estaban insistiendo por medio de una nota que se los tomen, que se les aplique la Res. 524 porque era la vigente en el momento de envio del sicam (la teroactividad es incontitucional ya que en seguridad social se aplica la ley vigente al momento del cese o de la solicitud de beneficio) y que eran trabajadores SDM independientes (o sea serían los del grupo 2 de la circular 53) que pagaron 55 para acceder a los beneficios previsionales.
Espero que les sirva de algo!!!
Y cuenten sus experiencias.
 #258351  por ferroman
 
gente, les cuento que estuve en las 2 udai que tenemos en Bahia Blanca y paso a comentar la disparidad de criterios:
en udai II me dicen que para jubi te toman los 20 pesos y no te exigen mas que ese ticket, los 23 que los reclame afip. con respecto a pensión y rti te piden pruebas y los tickets de pago (acá si los 20 y 23).-
en Brown te piden para todo tramite HASTA LOS TICKETS DE LOS INTERESES!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!! osea prueba 20 mas 23 mas intereses mas la orina de la mañana.-
les cuento que en Brown tenia una RTI en la que el 19 me citaron para que acompañe la baja de una graciable que tenia el sr. La llevo ayer y me citan ahi mismo para que acompañe loos tickets de los 20 e integre los 23 faltantes.
Les digo que ellos mismos estar horrorizados con el tema de tener que revisar todos los trámites para citar y tenenr que pedir nueva docuemtnal para qel que tiene le turno sacado o el sicam enviado.
Me dicen que seguro van a sacar algo al respecto por que ellos mismos estan disconformes.
Saluditos
y Quedamos buscandole la vuelta.-
FERNANDA
 #258369  por ema08
 
Chicos por favor suban todas las ideas que se les ocurran pero tratemos de lograr soluciones. Les comento que tengo una jubilacion con SDM con pagos de $55 pero extemporaneos, en la UDAI todavia no saben que hacer y dicen que van a citar para adjuntar pruebas.
Igual ayer ingrese una de SDM pero que los pagos estaban en tiempo y forma porque realmente los trabajo, no me lo querían tomar porque no sabian como iba a proceder esta circular de SDM. Como insisti y les adjunte lo que sale en historia laboral donde esta el detalle de los pagos y las fechas. Asi me lo tomaron pero me confirmaron que los que tienen pagos extemporaneos no entran más si no adjuntamos recibo de sueldo, libreta de trabajo, constancia de obra social, pagos, testigos y certificacion de servicios. De la que ya esta en tramite parece que van a notificar para que dentro de los 30días siguientes se integren las pruebas.
Una locura....realmente no se que hacer. Tampoco me gustaria mentir con el tema de la certificacion o los testigos, pero yo soy responsable por estas señoras para que se jubilen...
Por favor aporten ideas :P
 #258370  por ema08
 
ahh me olvide de contarles que soy de Santa Rosa (La Pampa) esa es la UDAI donde presento los tramites.
 #258392  por Elly
 
Hola chicos!!! les cuento que ayer tuve un turno con sdm, que le había hecho pagar a la sra. una parte de $55 y otra de $20, porque era mucho, en Córdoba. Tuve que firmar un escrito en el que me dan 30 días hábiles para acompañar los formularios de pago, mas lo que tengo que completar en el caso de los de $20 y lo único que me piden es que en el 102 ponga los datos del dador de trabajo, pero me dijeron que no tengo que acompañar ninguna probatoria mas.... ahí es mas fácil así que me quedé un poco mas tranquila.. espero les sirva.. saludos!!!
 #258396  por samantas
 
yo recien volvi de la UDAI de tribunales (av cordoba) y me dijeron q estan todos en bolas con la circuñar, q se juntaron a charlar pero q aun no saben nada...

Le plantie el caso a la chica que 16 hs o mas ($55) no implica relacion de dependencia, ya que puede trabajar 3 dias x semana 10 hs x dia, lo cual no encuadra en el decreto... me dijo q era una buena pregunta y q iba a consultar...

Asimismo le dije q me parecia una locura q si ya tenia turnos y pagos q aparecian en SIJP antes de la famosa circular hagan una aplicacion retroactiva de la norma, lo cual es a claras luces inconstitucional, me dijo q tb es un buen planteo...

Me va a averiguar bien y la semana q viene me voy a ver q pasa... yo tengo turno el jueves 06/11 y estoy re preocupada....
 #258412  por Aimael
 
Yo les cuento tenia una iniciada con SDM por $55 pago extemporaneo y me dijeron que lleve ticket mas F102 y me tiro la idea que pusiera el dador de trabajo con domicilio o que pusiera testigos...pero que esto pasaria a legales y de ellos depende la solución! mañana lo voy a meter y despues les cuento! saludos a todos!
 #258446  por veroSS
 
No habia leido el post y comente en otro lo que me paso hoy, no me iniciaron la jubilacion por el tema de la nueva circular, me dijeron que la semana que viene podria haber novedades porque es un caos lo que esta sucediendo, que en esta nueva circular seria para aclarar la 58/08 por todos los inconvenientes que esta ocasionando.
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