Viracocha escribió:3- Evento N° 1994 - Instructivo AFIP para la baja de planes de Facilidades de Pago L 25865
ID 7581698
Evento 1994 - ¿CÓMO REALIZO LA BAJA DE PLANES DE FACILIDADES DE PAGOS CORRESPONDIENTES A LA LEY 25865?
13/06/2008 12:00:00 a.m.
La baja de planes de facilidades de pagos correspondientes a la Ley 25865, podrá ser solicitada en la agencia que le corresponda de acuerdo a su domicilio fiscal.
Se deberá tener en cuenta que la baja procede solamente para los planes correspondientes a los impuestos 374 y 375, y que se encuentren con Situación "Vigente" y Estado "Aceptado" u "Observado".
Una vez dado de baja, en primera instancia el plan quedará con la Situación "Baja Prov." lo que implica que solamente se podrá realizar una liquidación en el SICAM 1, pero no podrá efectuar el ingreso al plan Ley 24476. Tal situación se mantendrá hasta tanto se modifique el Estado de "Baja Prov." a "Baja Age", el cual demorará hasta que se confirme la baja del plan, mediante procesos centralizados.
Fuente: CIT AFIP