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  • plan ley 25865.. que hago??

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #251765  por Elly
 
Hola foristas!!! Tengo un sr. que quiere jubilarse, con algunos años de aportes y cuando quiero calcularle la liquidación por la 24476 me dice que hay un plan vigente ley 25865, imp. 374... Es necesario que primero esté cancelado ese plan para despues ingresarle la moratoria???? O hay alguna forma de solucionarlo??? Gracias!!! saludos..
 #252069  por Viracocha
 
Elly lleva el formulario multinota solicitando la baja del plan aclarando que lo haces para poder acceder a un beneficio previsional y por ende adherir a otra moratoria. A eso adjuntale:
1- acuse de recibo del plan vigente
2- consulta del plan, es la pantalla en donde dice la "Situación"
3- Evento N° 1994 - Instructivo AFIP para la baja de planes de Facilidades de Pago L 25865

A mi me dieron de baja un plan de estos en 5 dias, y tengo otro caso que me tiene en espera desde hace 2 meses. Por eso no me explico como sera el manejo interno en AFIP.

Mucha Suerte!
 #252223  por abim
 
Yo iría a Jurídica de la Agencia AFIP donde está inscripto el contribuyente para recabar informacíón precisa de cómo proceder, xq difieren sus instrucciones entre ellas: "cada maestro con su librito".
viewtopic.php?f=8&t=24172
 #252291  por Elly
 
Holaa!! Muchas gracias por responder!!!!! Tenía miedo que me pidieran la cancelación total para poder ingresar el plan... ahora me quedo tranqui!!! De nuevo mil gracias !!! saludos...
 #252527  por Heyjude
 
Hola! Te cuento que a mí me piden que cancele previamente el componente impositivo, más intereses, del período incluído en la moratoraria de la 25865, en el caso de mi cliente son cerca de $ 6000. Estoy viendo cómo pagar eso... a alguien le pidieron lo mismo?
 #252560  por gabru
 
Hola Les cuento que solicite baja del plan de esa ley con algunas cuotas pagas q hacian algo de $1800, le dieron la baja con la sola presentacion de la nota, pero nunca me reimputaron los pagos,
 #314912  por comision10
 
Viracocha escribió:3- Evento N° 1994 - Instructivo AFIP para la baja de planes de Facilidades de Pago L 25865
ID 7581698
Evento 1994 - ¿CÓMO REALIZO LA BAJA DE PLANES DE FACILIDADES DE PAGOS CORRESPONDIENTES A LA LEY 25865?
13/06/2008 12:00:00 a.m.
La baja de planes de facilidades de pagos correspondientes a la Ley 25865, podrá ser solicitada en la agencia que le corresponda de acuerdo a su domicilio fiscal.
Se deberá tener en cuenta que la baja procede solamente para los planes correspondientes a los impuestos 374 y 375, y que se encuentren con Situación "Vigente" y Estado "Aceptado" u "Observado".
Una vez dado de baja, en primera instancia el plan quedará con la Situación "Baja Prov." lo que implica que solamente se podrá realizar una liquidación en el SICAM 1, pero no podrá efectuar el ingreso al plan Ley 24476. Tal situación se mantendrá hasta tanto se modifique el Estado de "Baja Prov." a "Baja Age", el cual demorará hasta que se confirme la baja del plan, mediante procesos centralizados.
Fuente: CIT AFIP