Sos una grande! Apareces cuando te necesito jeje gracias!
La cosa es que tenia entendido que no se puede aplicar art 1 25321 para periodos pagos. Como es esto??? Me dijieron que es depende de la UDAI que te toque, que alguno los aceptan, pero no queria meter la pata. En su caso si pudiese renunciar a periodos pagos me convendria ya que podria tomar 7 años de declaracion jurada en lugar de tres??
Que opinas???
La cosa es que tenia entendido que no se puede aplicar art 1 25321 para periodos pagos. Como es esto??? Me dijieron que es depende de la UDAI que te toque, que alguno los aceptan, pero no queria meter la pata. En su caso si pudiese renunciar a periodos pagos me convendria ya que podria tomar 7 años de declaracion jurada en lugar de tres??
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