Colegas:
Tengo una jubilación de una señora que es docente, se encuentra en actividad, cuenta con 59 años y 10 meses de edad y 17 años de aportes docentes en el IPS. Se quiere jubilar lo más rápido posible.
Me informé en el IPS de La Plata donde me aseguraron que puede jubilarse por esa caja en la medida que compense los aportes faltantes con una moratoria (aportes autónomos). Efectuaron un prorrateo y arrojó como resultado de años faltantes: 11 años, 2 meses y 12 días.
Los períodos de años en los que puedo ubicar los aportes autónomos serían: 12/1966 a 03/1970 y 01/1980 a 09/1993.
Consulta sobre el SICAM, a fin de que la moratoria sea lo menos costosa posible:
1.- En qué años de los períodos antes descriptos me conviene registrar en el SICAM? Ya que me informaron que hay uno años más baratos que otros y la verdad, desconozco.
2.- Hay años que se encuentran prescriptos? Coinciden con los períodos descriptos? Los puedo computar y no se paga por ellos?
3.- En qué consiste el beneficio del art. 3 ley 24476?.
Agradezco la orientación que me puedan dar, los saluda,
Laura.
Tengo una jubilación de una señora que es docente, se encuentra en actividad, cuenta con 59 años y 10 meses de edad y 17 años de aportes docentes en el IPS. Se quiere jubilar lo más rápido posible.
Me informé en el IPS de La Plata donde me aseguraron que puede jubilarse por esa caja en la medida que compense los aportes faltantes con una moratoria (aportes autónomos). Efectuaron un prorrateo y arrojó como resultado de años faltantes: 11 años, 2 meses y 12 días.
Los períodos de años en los que puedo ubicar los aportes autónomos serían: 12/1966 a 03/1970 y 01/1980 a 09/1993.
Consulta sobre el SICAM, a fin de que la moratoria sea lo menos costosa posible:
1.- En qué años de los períodos antes descriptos me conviene registrar en el SICAM? Ya que me informaron que hay uno años más baratos que otros y la verdad, desconozco.
2.- Hay años que se encuentran prescriptos? Coinciden con los períodos descriptos? Los puedo computar y no se paga por ellos?
3.- En qué consiste el beneficio del art. 3 ley 24476?.
Agradezco la orientación que me puedan dar, los saluda,
Laura.
