Colegas:
Tengo una clienta para jubilar de 64 años, la cual los únicos aportes que tiene son del 05/2007 al 03/2008 como monotributista efectivamente pagados (figuran incluso en anses). Mi pregunta es: ¿puedo renunciarlos por el art. 1 de la 25321 de modo tal de dar el cese mas atras y tomar más años de ddjj ?. O el cese es si o si al último pago (03/2008) y en tal caso no tendría ddjj ?. Saludos:
Sergio
Tengo una clienta para jubilar de 64 años, la cual los únicos aportes que tiene son del 05/2007 al 03/2008 como monotributista efectivamente pagados (figuran incluso en anses). Mi pregunta es: ¿puedo renunciarlos por el art. 1 de la 25321 de modo tal de dar el cese mas atras y tomar más años de ddjj ?. O el cese es si o si al último pago (03/2008) y en tal caso no tendría ddjj ?. Saludos:
Sergio

"He tomado sobre mis espaldas el monopolio de mejorar sòlo a una PERSONA,y esa persona SOY YO MISMO,y se cuan difìcil es conseguirlo"MAHATMA GANDHI