ESTIMADOS: Como parece que se rehabilitó el ingreso x web de autónomos puros planteo al foto un caso de señora argentina que desde hace unos 4 años vive en el exterior. Estuvo aquí hizo ADP, clave fiscal le hice el SICAM (cese en 1993) y dejó poder a su hija. Pedí turno que debí cancelar porque omitieron certificar la firma de la Sra. en la SPP (solicitud de prestaciones previsionales) y sin ese requisito no me lo tomaban en el Anses ¿Podré pedir turno x la web para obviar pedir de nuevo turno y embocar cuándo la Sra. (para fin de año) esté de nuevo en el país. Luego para cobrar bastará con un poder para la hija que vive aquí ??? Alguien sabe si por migraciones llegan a determinar que ya no vive aquí le podrían hacer algún problema ???. Gracias por las opiniones y/o consejos. 
