Y si planteas un amparo con una cautelar en justicia para que le reactiven el primer beneficio?, si acreditas que no hay otro remedio legal (ya que venís intimando a uno y otro y ninguno se expide) y que necesita cobrar su jubilación para seguir viviendo, deberían hacerte lugar....
A mi me pasó en un juicio en S. Isidro, que el actor estaba jubilado con un RTI por un accidente de trabajo; cuando va al examen médico a los 2 años de que le concedieran el beneficio para la nueva revisación le da menos del porcentaje del 66%! y le cortan el beneficio. Nosotros justo habíamos ido al cuerpo médico forense y teníamos una pericia que expresaba que el señor estaba imposibilitado de por vida para trabajar y que requeria si o si la asistencia de otra persona hasta para atarse los zapatos, asi las cosas denunciamos en el expediente laboral que le habian suspendido el cobro de la jubilación y el Tribunal le ordenó a la Anses reanudar los pagos!!!
Me parece que si puede hacerte lugar un Tribunal del trabajo, con más razón los juzgados de seguridad social.... habría que buscar algún antecedente jurisprudencial, pero creo que tendrías éxito.-
Suerte!!
Haydée