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  • DUDA EN PENSION DIRECTA - form 558

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #228328  por Docrizzo
 
Hola gente.
Tengo que iniciar una pension para una viuda cuyo fallecido estaba aportando regularmente hasta su deceso. Tiene en total 29 años y algunos meses mas casi ininterrumpidamente, por lo que la regularidad está.
Se que no tengo que comprar años por moratoria, sino solo llevar al turno los 558 A B y C, Ahora la pregunta es si tengo que modificar la situación de revista previo a generar los 558, ya que en Revista original le salen solo algunos años.
En el 0800 de Anses me han dicho que no, pero no estaban muy convencidos, por eso recurro a su sapiencia.
Se agradece

 #228331  por Parri
 
Queres decir que no te salen todos los pagos? asociaste la cuenta en AFIP? espec´fica un poco más, sds

 #228337  por Docrizzo
 
Si, las cuentas están asociadas. Y los pagos efectuados me figuran todos, desde 07/1979 hasta 10/2007. El tema es que en la situación de Revista original me aparece solo el período 07/2004 a 10/2007, entonces la pregunta es si tengo que ampliar y completar correctamente la sit de revista o dejarla como está (puesto que los pagos figuran) y generar los 558.
Gracias

 #228343  por Parri
 
ahhh, no entendia la pregunta. Lo tenes que ingresar manualmente. Te vas a situación de revista, clickeas NUEVO y ahi pones desde la inscrpción hasta 06/2004 con la categoria correspondiente. Para saber esto, te vas a consulta y te sale, suerte!

 #228350  por Docrizzo
 
Buenisimo, te agradezco la respuesta.
Ahora me surge una nueva pregunta. En el historial de categorías, en el período 01/1987 a 08/1995 donde debería decir en que categoría aportó, me sale solo "error en el tramo" y en ACTIVIDAD no dice nada. Como crees que debo completar este tramo en la situacion de revista?
Gracias de nuevo

 #228488  por cristiancordoba
 
son periodos prescriptos me parece que no te va a afectar en nada que le cargues vos manualmente cualquier categoria

 #228712  por ale_7500
 
1) vos decís que la regularidad la tenés...si te referís a los 30 años de aportes (o los requeridos a la fecha de fallecimiento aplicando art 3 según tabla art 38 ley24241) no la tenés porque no llegás a 30
2) Si la regularidad te referís a los 18 sobre 36 o 24 sobre 36 previo a la muerte o los 12 sobre 60 más el 50 años requeridos te va a a quedar deuda entonces a) si la deuda que te queda es dentro del período moratoria (hasta 09.93) le aplicarás el art 3 que puedas aplicarle según fcha muerte, prescripción (no 25321) dejando los años necesarios para la regularidad esos los podés pagar por moratoria b) si la deuda que te queda es posterior a 09.93 podés pedir aplicación del decreto 526. siempre cuidadndo de tener los aportes pedidos para la regulridad según decreto 460 (18/36, 24/36, 12/5 años) esos si o si tiene que estar!
Al respecto de este decreto viejo pero vigente ha salido una resolución aclaratoria de Anses sobre su apliabilidad que se publica en la biblioteca del portal,
Te la subiría acá pero no sé como hacerlo!
 #253053  por Docrizzo
 
Hola gente, volvió el cliente, así que vuelvo yo con las dudas.
Antes, gracias por responder. Lo que me surge ahora es que, el fallecido reune los 18 dentro de los 36 pagados en término, pero la gran mayoría desde el 95 le sale con deuda de centavos. Conviene cancelar estos meses? porque leí que de todas formas no cobran menos que la mínima.
gracias
 #253128  por ale_7500
 
Vos tenés que fijarte, como dice el decreto 460, que tenga la regularidad: que los pagos estén hechos dentro del mes calendario de su vto el restono importa