me rechazaron un reclamo por reajuste, habia leido que la anses te lo rechaza automaticamente asi que mas o menos me la veia venir, igual para agotar la via administrativa debo presentar un recurso de revision o de reconsideracion. alguien tiene un modelo?
les cuento mas o menos lo que contestó la anses para ver si me orientan en como redactar el recurso:
mas que nada hice incapie en la doctrina del caso badaro, cuya movilidad hace referencia a la ley 18037. pero mi cliente se jubiló con una ley anterior, entonces me dicen que no es aplicable el caso badaro porque la ley con la cual se jubiló mi cliente contempla un regimen especial distinto al que contempla el art. 53 de la 18037, y me citan el art. 160 de la ley 24241 (derogado por el art. 11 inc. 1 de la ley 24463) que establece que la movilidad de los haberes de las prestaciones otorgadas por aplicacion de leyes anteriores a la presente, que tengan una formula de movilidad distinta continuara aplicandose de conformidad a lo que establezca ese regimen. o sea, mas que nada me estan diciendo que mi cliente por haberse jubilado por una ley anterior a la 18037 debe continuar con ese regimen de movilidad, ya que asi lo establece el 24463. y tambien me citan el art. 5 de la ley 24463 que establece que la movilidad debe determinarse anualmente por la ley de presupuesto. luego continua diciendo que estando comprendido mi cliente bajo el art. 5 de la 24463 el reclamo no puede tener resultado favorable porque esa norma es de aplicacion obligatoria para la administracion que no puede declarar la inobservancia o inconstitucionalidad de la misma porque no es resorte del PE ni de sus organismos dependientes de esa jurisdiccion (anses) debido a la division de poderes.
ahora, se de que la ley 24463 fue declarada inconstitucional por la corte, pero como puedo hacer para que en la reconsideracion le haga entender a la anses que se produce un desgaste ya que si voy a la via judicial ya esta zanjado el tema? me pueden ayudar con el modelo?
les cuento mas o menos lo que contestó la anses para ver si me orientan en como redactar el recurso:
mas que nada hice incapie en la doctrina del caso badaro, cuya movilidad hace referencia a la ley 18037. pero mi cliente se jubiló con una ley anterior, entonces me dicen que no es aplicable el caso badaro porque la ley con la cual se jubiló mi cliente contempla un regimen especial distinto al que contempla el art. 53 de la 18037, y me citan el art. 160 de la ley 24241 (derogado por el art. 11 inc. 1 de la ley 24463) que establece que la movilidad de los haberes de las prestaciones otorgadas por aplicacion de leyes anteriores a la presente, que tengan una formula de movilidad distinta continuara aplicandose de conformidad a lo que establezca ese regimen. o sea, mas que nada me estan diciendo que mi cliente por haberse jubilado por una ley anterior a la 18037 debe continuar con ese regimen de movilidad, ya que asi lo establece el 24463. y tambien me citan el art. 5 de la ley 24463 que establece que la movilidad debe determinarse anualmente por la ley de presupuesto. luego continua diciendo que estando comprendido mi cliente bajo el art. 5 de la 24463 el reclamo no puede tener resultado favorable porque esa norma es de aplicacion obligatoria para la administracion que no puede declarar la inobservancia o inconstitucionalidad de la misma porque no es resorte del PE ni de sus organismos dependientes de esa jurisdiccion (anses) debido a la division de poderes.
ahora, se de que la ley 24463 fue declarada inconstitucional por la corte, pero como puedo hacer para que en la reconsideracion le haga entender a la anses que se produce un desgaste ya que si voy a la via judicial ya esta zanjado el tema? me pueden ayudar con el modelo?
