Yo tengo varias acordadas con esta moratoria, pero la última la tramité el año pasado y si o si exigían el pago íntegro del plan...ahora leo que estan permitiendo darle de baja...espero que sea así, que hayan cambiado el criterio ya que hay algunos planes con deudas muy grandes imposibles de pagar...
les voy contando lo que encontre en el site de AFIP:
ID 7581698
Evento 1994 - ¿CÓMO REALIZO LA BAJA DE PLANES DE FACILIDADES DE PAGOS CORRESPONDIENTES A LA LEY 25865?
13/06/2008 12:00:00 a.m.
La baja de planes de facilidades de pagos correspondientes a la Ley 25865, podrá ser solicitada en la agencia que le corresponda de acuerdo a su domicilio fiscal.
Se deberá tener en cuenta que la baja procede solamente para los planes correspondientes a los impuestos 374 y 375, y que se encuentren con Situación "Vigente" y Estado "Aceptado" u "Observado".
Una vez dado de baja, en primera instancia el plan quedará con la Situación "Baja Prov." lo que implica que solamente se podrá realizar una liquidación en el SICAM 1, pero no podrá efectuar el ingreso al plan Ley 24476. Tal situación se mantendrá hasta tanto se modifique el Estado de "Baja Prov." a "Baja Age", el cual demorará hasta que se confirme la baja del plan, mediante procesos centralizados.
