mi pregunta es la siguiente:
¿puede un hijo discapacitado cobrar dos pensiones, la de la madre y del padre?
aclaraciones: La de la madre le fue otorgada por ley 24241
y la del padre solo la esta cobrando la concubina de éste y es por ley 18037, ya que fallecio en 1988.
la duda es que por ley 24241 segun art 53, solo pueden acumular pensiones los conyuges o concubinos pero la ley anterior o sea 18037 si lo permitía. La idea es concurrir con la concubina en la pensión del padre.
desde ya les agradezco su colaboración.
¿puede un hijo discapacitado cobrar dos pensiones, la de la madre y del padre?
aclaraciones: La de la madre le fue otorgada por ley 24241
y la del padre solo la esta cobrando la concubina de éste y es por ley 18037, ya que fallecio en 1988.
la duda es que por ley 24241 segun art 53, solo pueden acumular pensiones los conyuges o concubinos pero la ley anterior o sea 18037 si lo permitía. La idea es concurrir con la concubina en la pensión del padre.
desde ya les agradezco su colaboración.
