Buenas a todos, quisiera saber si algún colega me puede sacar de una duda, se trata de lo siguiente:
Tengo una cliente que cumplió 60 años en mayo de 2007, no tiene aportes al regimen de Anses, pero se halla actualmente trabajando para la municipalidad de su localidad, desde el año 2003.-
Como para jubilarse los periodos que puede comprar a través de moratoria no son suficientes, intento hacer un reconocimiento de servicios ante el IPS y que remitan el expediente a ANSES, sin embargo me informan que no pueden hacerlo mientras la Sra se halle en actividad, que solo puede tramitarlo una vez que presente el Decreto de baja o cese.
Esto es realmente asi ???
Tienen conocimiento de alguna normativa que prohiba que la Sra continue en actividad mientras se tramita el Reco, e incluso luego de obtener el beneficio ???
Desde ya gracias, Leonardo
Tengo una cliente que cumplió 60 años en mayo de 2007, no tiene aportes al regimen de Anses, pero se halla actualmente trabajando para la municipalidad de su localidad, desde el año 2003.-
Como para jubilarse los periodos que puede comprar a través de moratoria no son suficientes, intento hacer un reconocimiento de servicios ante el IPS y que remitan el expediente a ANSES, sin embargo me informan que no pueden hacerlo mientras la Sra se halle en actividad, que solo puede tramitarlo una vez que presente el Decreto de baja o cese.
Esto es realmente asi ???
Tienen conocimiento de alguna normativa que prohiba que la Sra continue en actividad mientras se tramita el Reco, e incluso luego de obtener el beneficio ???
Desde ya gracias, Leonardo
