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  • Prescripcion Ley 14236

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #208194  por anilla81
 
Hola! me imagino que ya deben haber tocado este tema, disculpen, pero es que me siguen quedando muchas dudas...
El art 16 de la ley 14236 es la prescripcion liberatoria decenal, quiere decir que se aplica desde 07/1998 para atras,y no se puede utilizar para personas no inscriptas, es asi, no?. Mi pregunta es la siguiente: se aplica en pagos que generen deuda?? esto es cuando lo pagaron fuera de termino?
Disculpen si es una burrada lo que pregunto, es que tengo un lio con estas prescripciones..
El art 1 de la 25321 se aplica a lo posterior a 09/93?
y por ultimo el art 1 de la 24476 cuando se aplica?
Muchisimas Gracias!
un abrazo

 #208263  por rachelcba
 
Hola: Los periodos para aplicar las leyes son los siguientes: La 14.236 desde el 01/55 a 12/89 - Art. 1 Ley 24.476 01/90 a 09/93 y art. 1 Ley 25.321 10/93 hasta la fecha. Yo los aplico así, pero se que otros colegas aplican a todo la 25.321 y les han sido acordadas. Suerte !!!!

 #208289  por Dra.VE
 
cual es la diferencia entre los beneficios?
 #208427  por Amber
 
anilla81 escribió:Hola! me imagino que ya deben haber tocado este tema, disculpen, pero es que me siguen quedando muchas dudas...
El art 16 de la ley 14236 es la prescripcion liberatoria decenal, quiere decir que se aplica desde 07/1998 para atras,y no se puede utilizar para personas no inscriptas, es asi, no?
Si

. Mi pregunta es la siguiente: se aplica en pagos que generen deuda?? esto es cuando lo pagaron fuera de termino?
Disculpen si es una burrada lo que pregunto, es que tengo un lio con estas prescripciones..
si, se aplica en períodos en los cuales tenes deuda.
El art 1 de la 25321 se aplica a lo posterior a 09/93?
Se aplica en cualquier año, mientras tengas mas de 30.
y por ultimo el art 1 de la 24476 cuando se aplica?
nunca lo use

 #208462  por claudin
 
si les sirve yo uso siempre el art 1 de la 25321 y nunca tuve problemas
 #208670  por anilla81
 
Amber escribió:
anilla81 escribió:Hola! me imagino que ya deben haber tocado este tema, disculpen, pero es que me siguen quedando muchas dudas...
El art 16 de la ley 14236 es la prescripcion liberatoria decenal, quiere decir que se aplica desde 07/1998 para atras,y no se puede utilizar para personas no inscriptas, es asi, no?
Si

. Mi pregunta es la siguiente: se aplica en pagos que generen deuda?? esto es cuando lo pagaron fuera de termino?
Disculpen si es una burrada lo que pregunto, es que tengo un lio con estas prescripciones..
si, se aplica en períodos en los cuales tenes deuda.
El art 1 de la 25321 se aplica a lo posterior a 09/93?
Se aplica en cualquier año, mientras tengas mas de 30.
y por ultimo el art 1 de la 24476 cuando se aplica?
nunca lo use
Muchas Gracias a todos su ayuda! Saludos! :D