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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #206679  por Laru
 
:lol: Hola!! necesitaría que alguien me oriente. Se trata de una vecina que quiere jubilarse. El tema es que alcanza la edad pero no los años de servicio ya que comenzó a trabajar de grande!!!. Los aportes son todos a un Instituto Provincial porque es docente y le dijeron que tiene dos opciones: o espera 4 años para jubilarse o [color=red]compra años mediante[/color] [color=red]SICAM,[/color] paga de contado, pide reconocimiento de esos años en ANSES Y FINALMENTE CON ESA RESOLUCIÓN FAVORABLE INICIA SU JUBILACIÓN EN LA PROVINCIA. Ella está re entusiasmada con comprar años, mi pregunta es: se arma el Sicam por ley 24241 o 24476??? se pone jubilación??? en la opción de cuotas se pone contado o una sola cuota o hay otro items ??Tengo miedo de que gaste dinero y no esté bien hecho o que la demora sea mucha.
Perdón tantas preguntas pero a lo mejor alguien tuvo algo parecido o me puede guiar. Muy agradecida. Saludos. Laura
 #206684  por Amber
 
Laru: antes de hacer nada pregunta en la caja provincial si te permiten comprar aportes por moratoria...en la caja de mi provincia no se puede.
 #207167  por Dra. Marina
 
Hola Laura , mira yo tuve un caso parecido era docente y tenia 13 años en la caja provincial , yo pedi el recon en la pcia y luego compre lo que le faltaba por moratoria 24476 , en el SICAM pones esa ley y le compras los años que faltan , no hace falta que pague de contado lo podes hacer en cuotas , si tiene aportes la cuota de moratoria no es tan alta y quiza le convenga ... en vez de desembolsar una suma importante de contado . La caja otorgante del beneficio en este caso seria ANSES .SUERTE .


Laru escribió::lol: Hola!! necesitaría que alguien me oriente. Se trata de una vecina que quiere jubilarse. El tema es que alcanza la edad pero no los años de servicio ya que comenzó a trabajar de grande!!!. Los aportes son todos a un Instituto Provincial porque es docente y le dijeron que tiene dos opciones: o espera 4 años para jubilarse o compra años mediante SICAM, paga de contado, pide reconocimiento de esos años en ANSES Y FINALMENTE CON ESA RESOLUCIÓN FAVORABLE INICIA SU JUBILACIÓN EN LA PROVINCIA. Ella está re entusiasmada con comprar años, mi pregunta es: se arma el Sicam por ley 24241 o 24476??? se pone jubilación??? en la opción de cuotas se pone contado o una sola cuota o hay otro items ??Tengo miedo de que gaste dinero y no esté bien hecho o que la demora sea mucha.
Perdón tantas preguntas pero a lo mejor alguien tuvo algo parecido o me puede guiar. Muy agradecida. Saludos. Laura
 #207180  por Laru
 
Amber: la caja provincial le acepta tener otros aportes, es por eso que le dijeron que podía armar un SICAM y comprar años de los 18 años en adelante con código 307 pero debía pagar de contado para pedir en ANSES el reconocimiento de esos años y llevar esa resolución a provincia para completar años de servicio.

Dra. Marina: gracias por responderme, creo que mi caso es al revés que el tuyo. Tendría que comprar años en ANSES para presentar en el Instituto Provincial y para que ANSES me los reconozca rápido es que pagaría de contado!!!! Mi duda era qué ley poner (24476 o 24241) y si se podía hacer como le indicaron.-

[color=red]DE CORAZÓN MUY AGRADECIDA A LAS DOS.-[/color]ESPERO LAS RESPUESTAS DE AMBAS Y/O SUGERENCIAS DE QUIEN ME PUEDA AYUDAR.- Saluditos.Laura
 #207221  por Amber
 
Yo pondria ley 24476,(espera otras opiniones)
Y tiene que comprar a partir del mes posterior al que cumplio 18 años en períodos que no los tenga aportados en la otra caja (no se deben superponer)
Desde el 55 al 72 son períodos mas baratos que los que siguen, fijate si podes comprarle esos asi sale menos de deuda.
Se elige pago de contado, porque el reconocimiento de servicios te lo hacen si tenes cancelado totalmente el plan.
 #207445  por Laru
 
:lol: Gracias es lo que pensaba, disculpá te haya molestado.- Igual quedo a la espera de otras sugerencias.- Saludos :lol: Laura
 #207800  por Laru
 
:lol: Perdón por la torpeza pero alguien me dijo que tengo que comprar sdm desde 2000 porque no necesitás poner empleador.- Yo pensaba comprar desde los 18 años pues necesito 5 y en esos años eran baratos, le pondría código 307 (no pensé em el empleador!!!!) Estará bien ???? Qué me dicen??? Gracias :lol: Laura