Mil gracias por las respuestas, me clarificó bastante el tema. Igual pregunto porque necesita 30 años y sería hasta el 09/91 y tendría 7 años de declaración jurada? cómo me doy cuenta de eso?
que tal mira, no ntiendo bien cual es tu caso, seria una mujer sin aportes con 64 años de edad??? si es asi no se bien si es hasta el 09/91 porque no tengo la fecha de nacimiento pero acordate que a la fech de nacimiento le tenes que sumar 18 años luego a eso sumarle lo que tenes que comprar por moratoria, teniendo en cuenta el exceso de edad de la persona art. 19 24241
ARTICULO 19 24241 : Al único fin de acreditar el mínimo de servicios necesarios para el logro de la prestación básica universal se podrá compensar el exceso de edad con la falta de servicios, en la proporción de dos (2) años de edad excedentes por uno (1) de servicios faltantes),
con el tema de la declaracion jurada te das cuenta porque tenes que ver la fecha de cese art.38 24241
ARTICULO 38º. - Para el cómputo de los años de servicios con aportes requeridos por el artículo 19 para el logro de la prestación básica universal, sólo podrán acreditarse mediante declaración jurada, como máximo, la cantidad de años que a continuación se indican, según el año de cese del afiliado:
1994 7 años
1995 7 años
1996 6 años
1997 6 años
1998 5 años
1999 5 años
2000 4 años
2001 4 años
2002 3 años
2003 3 años
2004 2 años
2005 2 años
2006 1 años
2007 1 años
espero haberte ayudado cualquier cosa preguntanos. suerte

"He tomado sobre mis espaldas el monopolio de mejorar sòlo a una PERSONA,y esa persona SOY YO MISMO,y se cuan difìcil es conseguirlo"MAHATMA GANDHI