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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #170436  por hugo marchi
 
hola.para solicitar un reajuste de haberes,debo iniciar el pertinente reclamo judicial o se aplica automáticamente a partir del caso Badaro?. Gracias.-

 #170441  por andrea1982
 
:shock:
Badaro es un fallo de CSJN... a qué te referís con aplicar automáticamente?

 #170453  por andrea1982
 
El Sistema de Control de Constitucionalidad en Argentina es difuso y por ende solo aplicable al caso concreto.
Algunos autores, como Sagües y Bidart Campos, entienden que los jueces pueden declarar la inconstitucionalidad de oficio, pero se refiere a que si planteas una demanda y no planteás la inconstitucional el juez no podría cerrar los ojos ante la violación de la carta magna. Ojo! que no todos los autores están de acuerdo con la declaración de inconstitucionalidad de oficio!
Sin embargo, eso no significa que los jueces puedan iniciar acciones de oficio, sin motivación de las partes. El órgano jurisdiccional tiene que ser motivado. El juez, no puede iniciar las acciones en un sistema dispositivo.
Supongo que eso preguntabas...

Saludos
Andrea

 #170648  por dool
 
hugo:
tenés que agotar primero la vía adm, no te olvides.- (ver Ley de Procedimientos Adm de la Nación, 19.549)
despúes, cdo ansés te DENIEGA el pedido (usualmente te lo deniega) tenés (sí o sí, por los motivos q explica andrea) que comenzar la vía jdc ante los juzg fd de 1º instancia, solicitando se aplique badaro.-
suerte

 #170650  por andrea1982
 
Quizá entendí mal la pregunta, se refería a si directamente te lo resolvían en el adm? :oops:
 #170716  por efernandez
 
[quote="hugo marchi"]hola.para solicitar un reajuste de haberes,debo iniciar el pertinente reclamo judicial o se aplica automáticamente a partir del caso Badaro?inicia


inicias primero la via administrativa . fijate con que ley se jubilo y de alli partir