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  • ALGUIEN TIENE ALGUN CURSO DE JUBI DOCENTE??

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #164763  por MARCEJU
 
Queria saber si alguien tiene algún curso de jubi docente para facilitarme porq me estoy volviendo loca!!
gracias.

 #164877  por MARIA CRISTINA HUCOW
 
Qué necesitás, quizas entre todos podamos ayudarte? :wink:

 #165229  por Claudiab7718
 
María Cristina, a mí me pasa igual que este colega, porque yo veo complicado este tema. El caso es así: vice directora, con más de 30 años de servicio y d edad 57.
Sus servicios fueron de esta manera:
5 años en el estado.
26 años en escuela privada con subvención del estado, en la pcia de bs as, está demás que debe jubilarse por medio del ips, hasta ahí voy bien, pero resulta que se me plantea dos cuestiones:
1) del año 81 hasta el 86 pertencía a la caja de ex comercio e industria, debo hacer un reconocimiento de servicio???
2) en el año 2000 por una actividad que realizó en la escuela sus aportes fueron a orígenes, solo dos años. También debo hacer el reconocimiento de esa caja???
Espero que alguien pueda orientarme!!!
Gracias por todo!!!!!!!!!!!!!!

 #165475  por MARIA CRISTINA HUCOW
 
Hola claudiab7718 las respuestas son:

al 1) Si corresponde solicitar una certificación de servicios debidamente firmada por el representante legal, la firma debe estar certificada por Banco ó por el DIPREGEP de La Plata y haces un reco en ANSeS.(esatmos hablando del colegio privado no?).

al 2) Los importes que fueron a orígenes figuran en el SIJP de la ANSeS?, de ser así debés hacer también un reco.

Con respecto a los primero cinco años son de capital?, de ser así ambién tenés que hacer en reco.

Espero me allas entendido. Cariños.

 #165630  por MARCEJU
 
No se q hay q hacer dependiendo q sea docente univ, secundario o primario de capital o de provincia. Los requisitos son distintos y tampoco se el tema de las cajas complementaria q hay q hacer.
Son muchas dudas??

 #165634  por MARCEJU
 
ah otra cosa, trato de usar las dudas del foro p aprender pero a veces hablan tanto con abreviaturas q no llego a entender nada :oops:

 #165781  por MARIA CRISTINA HUCOW
 
MARCEJU el tema es el siguiente la ley docente ya sea capital o provincia solo se refiere a docente nivel inicial, primario, secundario y terciario NO universitarios, es decir, si hablamos de nación (o capital) la ley del docente es la 24016, se debe presentar en la ANSes certificaciones de servicios debidamente firmada con el complemento decreto Nro. 137/2005 el cual le permite al docente de Nación acceder al 82%.
Si es docente universitario se jubila con la ley 24241 como cualquier mortal y cobra un 60% del mejor promedio de los últimos diez años.
En cuanto a provincia, estamos hablando de I.P.S. el docente puede ser puro es decir solo tener aporte al I.P.S. ó en su defecto mixto, es decir una parte de la ANSeS y otra al I.P.S., la mayoría de aporte a una de estas cajas le otorgará el derecho a solicitarla en esa. Si es la misma cantidad de años en una que en otra, el aportante podrá elegir la caja.
El I.P.S. otorga el 70%, 75% u 80% según se exceda en edad o en aportes y es móvil.
Si el docente ubiera aportado al I.P.S. esos años deberán ser reconocidos primero por la Dirección General de Escuelas y aprobado por el I.P.S., de lo cual surge un código (que en palabras comunes significa una resolución con la cantidad de años reconocidos).
Si el docente tiene la mayoría de sus aportes en I.P.S. puede acceder a una jubilación automática, es decir en 60 días percibe su primer haber jubilatorio.
En cuanto a la Caja complementaria recién cuando el docente cobre su primer haber jubilatorio se podrá reclamar lo de la Caja Complementaria.

 #166094  por MARCEJU
 
Muchas gracias Maria Cristina, las dudas q me vayas surgiendo te las ire preguntando!! :D

Saludos
Marce
 #166942  por Claudiab7718
 
Gracias a todos los que han contestado de verdad, mi sirvió, la duda que me quedó es en donde dice que la dirección de escuela te da un código, es el cec 15 o hay que hacer otro trámite, a mi lo que me cuesta es la parte procedimental, es que dudo mucho todavía!!!
gracias Clau
 #167384  por DRA. MACA
 
MARCEJU escribió:Queria saber si alguien tiene algún curso de jubi docente para facilitarme porq me estoy volviendo loca!!
gracias.
Marce, tengo un amigo que trabaja en anses y me explico el regimen y me mando las principales leyes y decretos y un fallo. Si te sirve decime.

 #168172  por Nieves 08
 
Dra. Maca Como estas? bueno yo voy a abusar de tu ofrecimiento y te voy a pedir si me podes mandar las leyes, decreto y el fallo. El temas es que las Jubi docente son muy complicadas y la mayoria de ellas ha trabajado en ambos sistemas, me refiero a ANSeS e IPS .
De paso una pregunta: La edad jubilatoria no es la misma para los dos sistemas. Que se hace entonces, un prorrateo con los años desempeñados en nacion . o pcia para ver con cuanto se tiene que jubilar? Gracias desde ya y mi mail: ibema.PARA DATOS DE CONTACTO, UTILIZAR "PERFIL" O "MP".com

 #168641  por sam1981
 
Hola, siguiendo el tema de las jubi docentes aqui va mi pregunta (especialmente para Maria Cristina!)

Hola gente, como estan tanto tiempo???? yo deseperada.... me salio la jubi docente de mi tia (figura acordada con fecha 14/04/08), y cuando llame a Anses me dijeron q en 1 mes iba a recibir la notificacion de cobro y que en 2 meses (o sea JUNIO 2008) empezaba a cobrar...

El tema es q ella tiene q renunnciar al colegio, me dijeron q debe hacerlo el ultimo dia de mayo con una nota/telegrama y adjuntando copia de la Resolucion de Anses...

Y NO LE LLEGA NINGUNA RESOLUCION, no se q hacer!!!!!!

enicma me fijo en la seccion donde cobro y me salta error!!!

alguno sabe como proceder en estos casos????

gracias y besos

samy

 #168883  por edithmel
 
Hola sam!, lo que podes hacer es ir a la Udai donde tramitaste la jubi, con tu clienta o con poder y dni de la señora, y pedir copia de la resolución por que no te llego x correo.
En autopista de servicios recien vas a visualizar en donde cobra el mes de Junio, que es el mes de cobro, no antes. Espero te sirva, Edith

 #168929  por sam1981
 
Gracias Edith!!! justo llame y voy a hacer eso mismo.... una vez q tenga la resolucion, mandamos telegrama de renunncia al colegio.... y luego llevo la copia de la renuncia con el ultimo recibo de cobro (para q le actualicen el haber) a anses y listo!!!! esta ok¿? :wink:

despues vendra el tema de la caja... :shock:

besos!

 #169053  por sergiosky
 
y con el tema del reajuste para los jubilados docentes?
tengo una clienta que se jubiló en 1980 con el cargo de maestra de grado y percibe una jubilacion de 580 o por ahi, mas suplemento por movilidad de 300. me vino a ver por el tema del reajuste, vi algo de gemelli, badaro etc. pero no se bien como encarar el reclamo adminis.
se que se debe encarar de otra manera el reclamo por la situacion particular del docente, pedir inconst. fundar segun ciertos fallos, reclamar el 82% movil de la ley 24016, etc.
que ley regía en 1980?, puedo invocar igual los beneficios de la 24016 aunque no estaba vigente al momento en que la jubilaron?, me pueden orientar mas o menos?
gracias.