DDJJ no le corresponde porq sigue desarrollandose hasta la actualidad.
CAROE, tenes q poner en sit de revista tal cual te aparece en el PUC o en datos personales. O sea, en lugar de inicio 07/2004, le pones 02/2004. Modificado eso, haces una liquidacion, y fijate si te sale deuda, si te sale alguna deuda, le aplicas a dicho periodo el art 1 L25321.
La L 24476 es solo cuando tenes q regularizar porq no llegas a los 30 años de aportes.
Sldos!
Cuando pedis turno, acordate q es jubilacion mixta (RRDD+Autonomo) Sldos.
