A ver si alguien puede darme una mano!! Como hago para tramitar, en la Pcia. de Bs As, un Mandamiento ley 22172, que notifica el inicio (en otra Pcia.) de un juicio ejecutorio (honorarios) y embargo?? La pregunta puntual es: ¿Lo inicio por Receptoría (abonando bono ley, tasa, jus)? o lo diligencio directamente por la Oficina de Mandamientos y Notificaciones?? En este ultimo caso... como me regula honorarios el tribunal local? Debo presentarme solicitando regulación por receptoría abonando bono, tasa jus?? Mil gracias, y perdon!!! es la primera vez que me llega algo de extraña jurisdicción. SALUDOS.
estrellita escribió:A ver si alguien puede darme una mano!! Como hago para tramitar, en la Pcia. de Bs As, un Mandamiento ley 22172, que notifica el inicio (en otra Pcia.) de un juicio ejecutorio (honorarios) y embargo?? La pregunta puntual es: ¿Lo inicio por Receptoría (abonando bono ley, tasa, jus)? o lo diligencio directamente por la Oficina de Mandamientos y Notificaciones?? En este ultimo caso... como me regula honorarios el tribunal local? Debo presentarme solicitando regulación por receptoría abonando bono, tasa jus?? Mil gracias, y perdon!!! es la primera vez que me llega algo de extraña jurisdicción. SALUDOS.El mandamiento lo diligencias en la oficina de notificacion y mandamientos. No se paga nada ( o por lo menos aca en La Plata).
Lo traes y despues lo retiras ya diligenciado, y continuas con el proceso en el expediente donde iniciaste la ejecucion de honorarios
