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  • MANDAMIENTO LEY 22172

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 #152221  por estrellita
 
A ver si alguien puede darme una mano!! Como hago para tramitar, en la Pcia. de Bs As, un Mandamiento ley 22172, que notifica el inicio (en otra Pcia.) de un juicio ejecutorio (honorarios) y embargo?? La pregunta puntual es: ¿Lo inicio por Receptoría (abonando bono ley, tasa, jus)? o lo diligencio directamente por la Oficina de Mandamientos y Notificaciones?? En este ultimo caso... como me regula honorarios el tribunal local? Debo presentarme solicitando regulación por receptoría abonando bono, tasa jus?? Mil gracias, y perdon!!! es la primera vez que me llega algo de extraña jurisdicción. SALUDOS.
 #153039  por LorenaVC
 
estrellita escribió:A ver si alguien puede darme una mano!! Como hago para tramitar, en la Pcia. de Bs As, un Mandamiento ley 22172, que notifica el inicio (en otra Pcia.) de un juicio ejecutorio (honorarios) y embargo?? La pregunta puntual es: ¿Lo inicio por Receptoría (abonando bono ley, tasa, jus)? o lo diligencio directamente por la Oficina de Mandamientos y Notificaciones?? En este ultimo caso... como me regula honorarios el tribunal local? Debo presentarme solicitando regulación por receptoría abonando bono, tasa jus?? Mil gracias, y perdon!!! es la primera vez que me llega algo de extraña jurisdicción. SALUDOS.
El mandamiento lo diligencias en la oficina de notificacion y mandamientos. No se paga nada ( o por lo menos aca en La Plata).
Lo traes y despues lo retiras ya diligenciado, y continuas con el proceso en el expediente donde iniciaste la ejecucion de honorarios

 #153151  por estrellita
 
GRACIAS POR DARME UNA AYUDA!!!! Entonces directamente voy a la oficina de Mandamientos y Notificaciones y acuerdo con el Oficial de justicia el día para hacer la diligencia (notificacion y embargo) y una vez concluído el tramite envío al tribunal oficiante toda la gestión.
Ahora bien, segun la 22172 el tribunal local es el que regula honorarios aún en los casos en los que no tomó intervención... como hago para solicitar esa regulacin?? Me presento en receptoría con copia de todo lo actuado, JUS, bono y tasa? Y quién me paga los honorarios que me regulan? GRACIAS!!!!!! SALUDOS. Perdón otra vez!!!!

 #153261  por LorenaVC
 
estrellita escribió:GRACIAS POR DARME UNA AYUDA!!!! Entonces directamente voy a la oficina de Mandamientos y Notificaciones y acuerdo con el Oficial de justicia el día para hacer la diligencia (notificacion y embargo) y una vez concluído el tramite envío al tribunal oficiante toda la gestión.
Ahora bien, segun la 22172 el tribunal local es el que regula honorarios aún en los casos en los que no tomó intervención... como hago para solicitar esa regulacin?? Me presento en receptoría con copia de todo lo actuado, JUS, bono y tasa? Y quién me paga los honorarios que me regulan? GRACIAS!!!!!! SALUDOS. Perdón otra vez!!!!
LO DE LOS HONORARIOS, NI IDEA. SI ME BANCAS YO EL VIERNES VOY A TRIBUNALES, Y LO CONSULTO EN LA OFICINA

 #153302  por estrellita
 
GRACIAS LORENAVC!!! Espero para ver si podes darme una mano..! Gracias. Saludos.

 #153332  por andreis28
 
hola, yo siempre que diligencie un mandamiento ley 22172 hago lo siguiente: me lo ordenan en el juzgado donde inicio la ejecucion, lo confecciono agrego documental, lo dejo a confronte, me lo firman juez y secretario, me lo sellan y lo llevo a la oficina de notificaciones que corresponda, lo dejo para que el oficial lo diligencie y luego del tiempo que ellos me digan lo retiro. Cuando lo tengo en mi poder hago un escrito "Acompaña mandamiento ley 22171 dirigido a XXXX debidamente diligenciado", y la peticion que corresponda. A que honorarios te referis? porque los honorarios por esa gestion y por todas las presentaciones los pido en el expediente principal. No te estaras refiriendo a los exhortos?. Si tenes uqe iniciar un exhorto si debes hacerlo con un escrito formal pagar bono ius e ingresarlo por mesa de entradas del tribunal y una vez hecha la diligencia pedis retirar el exhorto para llevarlo al tribuanl principal donde se ordena la medida. Espero haberte ayudado!.
Saludos
 #154706  por LorenaVC
 
estrellita escribió:A ver si alguien puede darme una mano!! Como hago para tramitar, en la Pcia. de Bs As, un Mandamiento ley 22172, que notifica el inicio (en otra Pcia.) de un juicio ejecutorio (honorarios) y embargo?? La pregunta puntual es: ¿Lo inicio por Receptoría (abonando bono ley, tasa, jus)? o lo diligencio directamente por la Oficina de Mandamientos y Notificaciones?? En este ultimo caso... como me regula honorarios el tribunal local? Debo presentarme solicitando regulación por receptoría abonando bono, tasa jus?? Mil gracias, y perdon!!! es la primera vez que me llega algo de extraña jurisdicción. SALUDOS.
Mira hoy fui a la Oficina ( la plata) y no se paga nada!. Unico incapie es que estes autorizado en el mandamiento para diligenciarlo

 #158232  por estrellita
 
GRACIAS LORENA!!! Estuve averiguando por otros lugares y también me dijeron que se diligencia por la Oficina de Mandamientos y Notificaciones, alli acuerdo día y hora con el Oficial de Justicia para ir juntos a diligenciar del mandamiento (notificacion y embargo), una vez hecho esto, envío todo al tribunal oficiante (el de la otra Provincia) y posteriormente me presento ante tribunal local (y no ante el tribunal donde tramita el principal) para q me regulen honorarios (art. 12 Ley 22.172)... Y aqui otra duda que nadie puede responderme!!! Presento formulario de ingreso con copia de toda la diligencia en Receptoría para que me sorteen el tribunal local que me va a regular los honorarios..? pago bono, jus, tasa y sobretasa??? Gracias y saludos!!

 #158236  por LorenaVC
 
estrellita escribió:GRACIAS LORENA!!! Estuve averiguando por otros lugares y también me dijeron que se diligencia por la Oficina de Mandamientos y Notificaciones, alli acuerdo día y hora con el Oficial de Justicia para ir juntos a diligenciar del mandamiento (notificacion y embargo), una vez hecho esto, envío todo al tribunal oficiante (el de la otra Provincia) y posteriormente me presento ante tribunal local (y no ante el tribunal donde tramita el principal) para q me regulen honorarios (art. 12 Ley 22.172)... Y aqui otra duda que nadie puede responderme!!! Presento formulario de ingreso con copia de toda la diligencia en Receptoría para que me sorteen el tribunal local que me va a regular los honorarios..? pago bono, jus, tasa y sobretasa??? Gracias y saludos!!
de donde es el mandamiento y donde lo tenes que diligenciar.

 #158240  por estrellita
 
Andreis28... Gracias por tu aporte!!!! No se trata de un exhorto, es un mandamiento de la ley 22172, que notifica inicio de juicio ejecutorio (X honorarios) y de embargo, iniciado en extraña jurisdicción. Se tramita (por lo que estuve averiguando) directamente x la oficina de mandamientos y notificaciones que corresponda al domicilio del deudor... en el caso, es otra Pcia diferente a donde se encuentra el juicio principal. Ahora bien, una vez realizado el diligenciamiento y segun la ley 22172, art 12, la regulacion de honorarios la hace el tribunal local (el del domicilio del deudor)... y aqui la gran pregunta!!! X receptoria con formulario de inicio, con copia de lo actuado, jus, bono, tasa y sobretasa??? SALUDOS. GRACIAS.-

 #158243  por estrellita
 
De Rosario para diligenciar en La Plata.

 #158398  por mariamarina
 
no se regulan honorarios! los honorarios son por el diligenciamiento de exhortos,no de mandamientos...tampoco hay que pagar bono, ni tasa ni jus... saludos

 #159482  por estrellita
 
Mariamarina, tengo entendido que es posible solicitar la regulacion de honorarios en los mandamientos 22172... (art. 12 ley 22172). Por otro lado esta contemplado en el Acuerdo 2972 de la Corte, donde en su ANEXO I, (MATERIAS DE JUICIO – FUERO CIVIL Y COMERCIAL - Cód. Descripción Categorías y Materias)
establece: 184-Regulación de honorarios (Ley 22172) SALUDOS.
 #228131  por martinp45
 
Mira yo tengo un caso similar que me viene de Santiago del Estero original y copia, me dicen en la oficina de mandamiento que debo entregar dos originales, lo que a esta altura me es imposible, ya el que juzgado de origen solo me expidio un original, esto es tan asi?? se requieren dos originales??? cuantos juegos se deben entregar?, me parecio que los empleados de Notificaciones no me lo quisieron recepcionar, quien sabe por que.- desde ya muchas gracias
 #228566  por cristina1
 
una copia es para el que vas a notificar y la otra para el oficial de justicia, para que la pases a retirar y acompañar al expediente.
vas a tener que pedir las dos copias, en la oficina tienen razón
martinp45 escribió:Mira yo tengo un caso similar que me viene de Santiago del Estero original y copia, me dicen en la oficina de mandamiento que debo entregar dos originales, lo que a esta altura me es imposible, ya el que juzgado de origen solo me expidio un original, esto es tan asi?? se requieren dos originales??? cuantos juegos se deben entregar?, me parecio que los empleados de Notificaciones no me lo quisieron recepcionar, quien sabe por que.- desde ya muchas gracias