Colegas: el martes debo presentar recurso de reconsideracion por jubilacion rechazada. Ya les habia comentado el tema y ahora realizando el escrito del recurso me surje la sig duda:
Previo les resumo el problema. Se solicito jubilacion con 10 años en rel de dep en la misma empresa y moratoria.
De esos 10 años solo se reconocieron 9 en verificacion, ya q NO figuraban en SIJP, tampoco se presentaron recibos y por ese motivo fue rechazada, pero nunca paso al area legal. ( el año no reconocido es 1978)
Ahora leyendo la resolucion 980, Anexo 1 "probatoria de Serv y remuneracion" leo lo sig:
1.2 1.2.1..."Si de las consultas practicadas no se alcanza el porcentaje del 35 % necesario para la acreditacion de servicios o no resulta positivo el informe del area informacion, de activos, se debera proceder a la verificacionde todas las empresas certificadas donde el titular registre alguna informacion con relacion al tiempo a considerar con las q una vez efectuada la inspeccion se reuna el porcentaje requerido. De no reaultar posible la verificacion se procedera a la evaluacion legal de las pruebas"...
nose si estoy interpretando mal, pero entiendo q si de la verificacion se reune el 35 %, es suficiente para tomar todo lo q figura en la certificacion de servicios, no?
En mi caso de 10 años no se reconocio el ultimo por no contar con libros el empleador, ahora si el 35 % se reune no deberian tomar lo de la certificacion de todas maneras????
Previo les resumo el problema. Se solicito jubilacion con 10 años en rel de dep en la misma empresa y moratoria.
De esos 10 años solo se reconocieron 9 en verificacion, ya q NO figuraban en SIJP, tampoco se presentaron recibos y por ese motivo fue rechazada, pero nunca paso al area legal. ( el año no reconocido es 1978)
Ahora leyendo la resolucion 980, Anexo 1 "probatoria de Serv y remuneracion" leo lo sig:
1.2 1.2.1..."Si de las consultas practicadas no se alcanza el porcentaje del 35 % necesario para la acreditacion de servicios o no resulta positivo el informe del area informacion, de activos, se debera proceder a la verificacionde todas las empresas certificadas donde el titular registre alguna informacion con relacion al tiempo a considerar con las q una vez efectuada la inspeccion se reuna el porcentaje requerido. De no reaultar posible la verificacion se procedera a la evaluacion legal de las pruebas"...
nose si estoy interpretando mal, pero entiendo q si de la verificacion se reune el 35 %, es suficiente para tomar todo lo q figura en la certificacion de servicios, no?
En mi caso de 10 años no se reconocio el ultimo por no contar con libros el empleador, ahora si el 35 % se reune no deberian tomar lo de la certificacion de todas maneras????
